BOLETIN OFICIAL Nº 139 – 13/12/2023

EDGARDO RENE CATORCENO

MARTILLERO PÚBLICO JUDICIAL

Mat. Prof. No 26

POR CONCURSO ESPECIAL: UNA GRAN FRACCION DE TERRENO SUPERFICIE 4.446,45 m2; UBICADO EN EL ARENAL, SOBRE ANTIGUA RUTA PROVINCIAL N° 1, HOY LLAMADA CAMINO REAL, ALTURA KM 7, COMO DATO DE REFERENCIA SE PUEDE INDICAR DETRÁS DE LAS INSTALACIONES DE BSD INGENIERIA Y SERVICIOS; BASE: $ 22.000.000; PARA LA HIPOTESIS DEL FRACASO DE LA SUBASTA POR FALTA DE POSTORES, LUEGO DE TRANSCURRIDO 30 MINUTOS DE ESPERA EN UN PRIMER LUGAR, SE AUTORIZA REDUCCION DE LA BASE DE LA SUBASTA EN UN 50%; y POR ULTIMO PASADOS 45 MINUTOS DE ESPERA, SE AUTORIZA REDUCCION DE LA BASE DE LA SUBASTA EN UN 100%, ES DECIR SIN BASE, ARTICULO 585 DEL C.P.C.C.DE LA NACION.

Dra. MARISA E. RONDON; Juez del Juzgado de 1ra. Instancia N° 3, Secretaria N° 6; en el Expte. Nº C-229431/2023, caratulado: PEDIDO DE CONCURSO ESPECIAL ARTICULO 209 LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRA 24522, EN EXPTE. PRINCIPAL C-080018/2016; BANCO MAS VENTAS SOCIEDAD ANONIMA c/ FX SOLUTIONS S.R.L.; comunica por cinco veces en diez días, art. 208 Ley de Concursos y Quiebras 24.522; que el Martillero Publico Judicial EDGARDO RENE CATORCENO, Mat. Prof. Nº 26, procederá a la venta en pública subasta, al mejor postor, dinero de contado, comisión del martillero a cargo del comprador 5%, un inmueble con todo lo clavado, plantado, cercado y demás adherido al suelo, ubicado en El Arenal Departamento Doctor Manuel Belgrano, altura Km. 7, sobre antigua ruta Provincial N° 1, hoy llamada Camino Real, como dato de referencia se puede agregar detrás de las instalaciones de la empresa BSD Ingeniería y Servicios; Base: Pesos Veintidós millones ($22.000.000.-); para la hipótesis del fracaso de la subasta por falta de postores, luego de transcurrido 30 minutos de espera en un primer lugar, se autoriza reducción de la base de la subasta en un 50%; y por ultimo pasados 45 minutos de espera, se autoriza reducción de la base de la subasta en un 100% es decir SIN BASE. Artículo 585 del C.P.C.C. de la Nación. Nomenclatura catastral: individualizado con Matricula A-66273, circunscripción 1, sección 9, parcela 1121, padrón A-89618, titularidad de dominio: FX Solutions S.R.L., Descripción del inmueble; medidas: partiendo del extremo SO punto d al punto c con rumbo N mide 94,73 metros; del punto c al punto b con rumbo NE mide 43,57 metros; del punto b al punto f con rumbo E mide 31,41 metros; del punto f al punto 4 con rumbo SO mide 6,50 metros; del punto 4 al punto 5 con rumbo O mide 14,94 metros; del punto 5 al punto 6 con rumbo S mide 26,53 metros; del punto 6 al punto 7 con rumbo S mide 93,54; del punto 7 al punto de partida d con rumbo O mide 41,15 metros; encerrando una superficie de 4.446,45 m2. linderos: NE. parcela 1120; al SO. Antigua Ruta Provincial N° 1, al NO con parcela 1122; al SE. con parcela 56-a-2 y parte parcela 56-a-1. Gravámenes, restricciones e interdicciones: Asiento 2: cert. const. Hipoteca N°18910 fecha 16/10/2015 esc. solicit. Titular Registro 29, esc. autoriz. o ads. Registro N° 29. Asiento 3: Hipoteca en 1er grado, acreedor Banco Mas Ventas Sociedad Anónima, deudor FX Solutions S.R.L. monto $ 500.000 E.P. N° 236 de fecha 23/10/2015 Esc. L.E. Cabrera Granara, c/cert. Pres. N° 19504 el 27/10/2015, registrada 21/12/2015. Rec. Clau. Prohib. Transferencia y constitución de otros derechos reales. Asiento 4: Certificación Constitución de Hipoteca N° 12780, fecha 09/06/2016, escribano solicitante Adsc. Reg. N° 29, Escribano autorizado titular o adsc. Reg. N° 29. Asiento 5: Hipoteca en 2do Grado, acreedor Banco Mas Ventas Sociedad Anónima, deudor FX Solutions S.R.L. monto $ 600.000 E.P. N° 150 de fecha 08/09/2016, escribano L.E. Cabrera Granara c/certificación pres. N° 13461, el 19/09/2016, registrada el 21/10/2016, reconoce cláusula prohibición de transferencia y constitución de otros derechos reales. Asiento 6: Cert. Hipo. N° 15103, 19/10/2016, escribano solicitante Adsc. Reg. N° 29, escribano autoriz. Titular o adsc. Reg. N° 29. Asiento 7: Hipoteca en 3 grado, acreedor Banco Mas Ventas Sociedad Anónima, deudor FX Solutions S.R.L. monto $ 456.000 E.P. N° 185, de fecha 04/11/2016, escribano L.E. Cabrera Granara c/cert. Pres. N° 16138 el 09/11/2016, registrada el 17/03/2017, reconoce cláusula prohibición transferencia y constitución de otros derechos reales. Asiento 8: Embargo Preventivo, por oficio de fecha 30/11/16, Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial N° 3, Secretaria N° 5, Jujuy Expte. N° C-079129/2016, caratulado Ejecutivo Auto Jujuy S.A. c/ FX Solutions S.R.L. monto 478.000 Pres. N° 17420, el 06/12/2016, registrada 06/04/2017. Gravámenes, impuestos, tasas y contribuciones: se cancelan con lo producido de la subasta. Estado de constatación ocupacional: surge del realizado en fecha 19/10/2023; siendo el resultado el siguiente: no se encontró presente ningún personal en el predio, fracción de terreno sin construcción, y que es atravesada por una acequia (hoy seca sin agua), por información vertida por los vecinos linderos, este predio es ocupado por el señor Facundo Herrera, quien desarrolla la actividad de equinoterapia, comprobando la existencia de caballos en el mismo. Seña y forma de pago: seña 20% en el acto del remate, más la comisión del martillero 5%, y el saldo una vez aprobado la subasta y a la orden del Juzgado, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso. Títulos y demás antecedentes se encuentran agregados en los presentes autos y podrán ser consultados en el Juzgado. Nota: El acreedor Hipotecario con privilegio especial, Banco Mas Ventas Sociedad Anónima se encuentra autorizado a compensar crédito para el caso de resultar adjudicado en la subasta, articulo 211 Ley de Concursos y Quiebras 24522. Consultas: para mayor información consultar con el martillero teléfono 0388-154146140, e-mail: martillero.catorceno@gmail.com. La subasta se realizará, el día 15 de diciembre de 2023 a hs. 17,30; en la sede del Colegio de Martilleros de Jujuy, sito en calles Araoz esquina Coronel Dávila del barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad San Salvador de Jujuy, el Martillero dará por concluida la Subasta una vez firmada la respectiva Acta de Remate. El comprador deberá constituir domicilio legal dentro del radio de asiento del Juzgado. Edictos en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local por cinco veces en diez días. San Salvador de Jujuy, 30 de noviembre de 2023. Dra. Guillermina Sequeiros-Secretaria. –

 

04/06/11/13/15 DIC. LIQ. Nº 34626 $1.100,00.-