BOLETIN OFICIAL Nº 138 – 11/12/2023

Addenda – Constitución de FOCA S.A.S.– En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 18 días del mes de Setiembre de 2023se reúnen el Sr. FEDERICO JAVIER FORTUNI, DNI N° 24.504.115, CUIL N° 20.24504115-3, argentino, casado, de 48 años, nacido el 05 de febrero de 1975, de  profesión Ing. en Sistemas, con domicilio real en calle Rawson N° 150, Barrio Los Perales, de la ciudad de San Salvador de Jujuy y electrónico en fedefortuni@yahoo.com.ar; Sr. ALEJANDRO DIEGO CAMMUSO, D.N.I. N° 23.581.518, CUIL N°20-23581518-5, argentino, casado, de 49 años, nacido el 21 de octubre de 1973, de profesión comerciante, con domicilio real en L2 Mza. 262, Loteo Labarta, ciudad de San Salvador de Jujuy y domicilio electrónico en diegocammuso@gmail.com; el Sr. ADRIÁN JAVIER CAMMUSO, D.N.I. 24.790.862, CUIT 20-24790862-6, argentino, casado, de 47 años, nacido el 25 de octubre de 1975, de profesión comerciante, con domicilio real en calle Luis Agote N° 1409, Barrio Los Perales de la ciudad de San Salvador de Jujuy y domicilio electrónico en jacammuso@gmail.comy el Sr. SERGIO EDUARDO RODRIGO GONZÁLEZ GALÁN, D.N.I. 24.278.386, CUIL 20-24278386-8, argentino, viudo, de 48 años, nacido el 26 de mayo de 1975, con domicilio real en Pje. Temperley N° 61, Bario Los Perales, de la ciudad de San Salvador de Jujuy y domicilio electrónico en sergiogonzalezgalan@gmail.com, advirtiendo un error material en la redacción del ARTÍCULO CUARTO. CAPITAL del Contrato Social de FOCA S.A.S., el cual dice textualmente “representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales” debiendo decir “representado por DOS MIL CUARENTA (2.040) acciones ordinarias escriturales” resuelven modificar el mismo, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO. CAPITAL: El Capital Social es de PESOS DOS MILLONES CUARENTA MIL ($2.040.000), representado por DOS MIL CUARENTA ($2.040) acciones ordinarias escriturales, de PESOS UN MIL ($1.000), valor nominal de cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios al igual que los derechos que las mismas puedan otorgar. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz.“ Sin más temas que tratar se da por finalizado el acto, firmando en prueba de conformidad cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha mencionada al inicio.- ACT. NOT Nº B 00815684- ESC. MARIO ALEJANDRO POZARRO- TIT. REG. Nº 3- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 827-DPSC/2023-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-321-2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de noviembre de 2023.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el DR. SERGIO EDUARDO RODRIGO GONZALEZ GALAN, en carácter de autorizada, solicita, la INSCRIPCION DEL INSTRUMENTO CONSTITUTIVO DE LA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS “FOCA S.A.S.”, y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: ORDENAR la publicación de Edicto en el Boletín Oficial por un día del a) INSTRUMENTO CONSTITUTIVO DE “FOCA S.A.S.” de fecha 16 de julio de 2023 agregado a fs. 02/08. con firma certificada de los Sres. SERGIO EDUARDO RODRIGO GONZALEZ GALAN, DNI Nº 24.278.386; ADRIAN JAVIER CAMMUSO, DNI Nº 24.790.862; FEDERICO JAVIER FORTUNI, DNI Nº 24.504.115; ALEJANDRO DIEGO CAMMUSO, DNI Nº 23.581.518, ante Esc. Publico autorizante Mario Alejandro Pizarro, Titular del Registro Notarial Nº 3; b) ADDENDA- CONSTITUCION DE FOCA S.A.S. de fecha 18 de septiembre 2023 copia certificada agregada a fs. 17/18, con firma certificada de los Sres. ADRIAN JAVIER CAMMUSO, DNI Nº 24.790.862; ALEJANDRO DIEGO CAMMUSO, DNI Nº 23.581.518; SERGIO RODRIGO GONZALEZ GALAN, DNI Nº 24.278.386; FEDERICO JAVIER FORTUNI, DNI Nº 24.504.115- diligencias a cargo del Dr. Sergio Eduardo Rodrigo González Galán.-

ARTÍCULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

11 DIC. LIQ. Nº 34632 $800,00.-