BOLETIN OFICIAL Nº 137 E.E. – 07/12/2023
DECRETO Nº 8920-G/2023.-
EXPTE. Nº 300-376/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 AGO. 2023.-
VISTO:
Los presentes obrados, a través de los cuales se solícita el otorgamiento de Personería Jurídica a favor de la “Fundación Puentes de Ayuda”, con asiento en la Localidad de la Esperanza (Departamento San Pedro), como asimismo la aprobación de su Estatuto Social, y
CONSIDERANDO:
Que dicha entidad cumplimenta y se obliga a las disposiciones de la Ley de fondo (Código Civil y Comercial de la Nación – Libro Primero, Título II, Capítulo 3 “Fundaciones”) y Decreto provincial N° 1768-G-SG-58;
Que, atento los términos del Dictamen N° 144-DPJ-23 vertido al efecto por Fiscalía de Estado (Fs.78/79), procede dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la “FUNDACION PUENTES DE AYUDA”, con asiento en la Localidad de la Esperanza (Departamento San Pedro) y, apruébase su Estatuto Social que consta de Diecinueve (19) Artículos, que corno Escritura Pública N° 90/2023 del Registro Notarial N° 76 de la Provincia de Jujuy corre agregado de Fs. 71 a 77vta de autos.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR