BOLETIN OFICIAL Nº 136 – 06/12/2023

MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

ORDENANZA Nº 1.688/2.023.-

REF.: “FACULTESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A REALIZAR TODAS LAS GESTIONES PARA LA INSCRIPCION Y HABILITACION DEL PREDIO DENOMINADO “FERIA MUNICIPAL MAYORISTA” DE LA CIUDAD DE PERICO, ANTE EL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)”.- NOTA Nº 188 /2023. INIC. POR D.E.

VISTO:

La Ordenanza Nº 1.628/2023, Ref.:“Instrumentación, Actualización y funcionamiento del Predio de Feria Mayorista de la Ciudad de Perico”, el cual es su Art. 1º autoriza al Departamento Ejecutivo  Municipal, a suscribir contrato de comodato en forma directa e individual con cada uno de los  feriantes del predio a través del Contrato de Comodato y;

CONSIDERANDO:

Que, la importancia del funcionamiento de la Feria Municipal Mayorista en nuestra ciudad, quien juega un papel estratégico en el abastecimiento alimentarios de cada una de las localidades y Provincias del Norte Argentino y que es clave para garantizar el suministro de alimentos para miles de consumidores, emprendimientos sociales y negocios, contribuyendo al desarrollo rural y urbano.

Que, los requisitos solicitados por  el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) para la Inscripción y correspondiente habilitación del Predio Ferial Mayorista y de esa forma lograr su correcto funcionamiento.

Por todo ello, en virtud de las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal, el Intendente propone el siguiente proyecto de Ordenanza;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

ARTICULO 1º: FACULTESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar todas las gestiones para la Inscripción y obtención de la Habilitación Comercial del predio denominado “Feria Municipal Mayorista” de la Ciudad de Perico ante el Servicio Nacional de sanidad y calidad agroalimentaria (SENASA)”. Predio identificado como Remante del Lote Rural 570, Sector III, que por imperio de la Ley 4.609 fuera Transferido a la Municipalidad de Perico, dicho predio Ferial,  ubicado en el sector Este del Barrio Santa Rosa

ARTICULO 2º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DEBERA  dar cumplimiento con el Art. 1º de la presente  a la instalación de oficinas, Depósitos, salas de trabajo en el “Predio Feria Municipal Mayorista” y  designación de su Responsable Técnico.

ARTICULO 3º: La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de su promulgación.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento. Publíquese en el Boletín Oficial. Dese difusión. Cumplido. ARCHIVESE.-

 

SALA DE SESIONES, 30  DE NOVIEMBRE DE 2023.-

  1. Anahi Juárez

Vicepresidente a cargo del C.D.