BOLETIN OFICIAL Nº 135 – 04/12/2023
MUNICIPALIDAD DE PERICO.-
DECRETO N° 5950-G-2023.-
Ciudad Perico, 09 de Noviembre de 2023.-
VISTO:
La Ordenanza 1674/2023 DEL CONCEJO DELIBERANTE” INCORPORACION A PLANTA PERMANENTE DEL PERSONAL MUNICIPAL CONTRATADO Y JORNALIZADOS DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO Y CONCEJO DELIBERANTE CON DOS (2) AÑOS O MAS DE ANTIGUEDAD. EXTENSION DEL PLAZO ESTABLECIDO EN LA ORDENAZA Nº1.614/2023 Y 1.601/2023. Expte. Nº11.090/2023 Inic. por la mayoría de los Concejales. Acta Acuerdo de fecha 08/02/2023 celebrada ante el Ministerio de Trabajo y Empleo de la Provincia de Jujuy en el Expte. N° 1200-003-2023, EXPTE. 10.839/023 INICIADO POR TODOS LOS CONCEJALES. La Carta Orgánica Municipal de Ciudad Perico.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en las normas vigentes, y a los Convenios celebrados ante el Ministerio de Trabajo y Empleo de la Provincia de Jujuy en el Expte. N°1200-003-2023 con los gremios y sindicatos municipales, a los fines de garantizar y reconocer la estabilidad laboral a los agentes municipales es necesario reglamentar las cuestiones no incorporadas en la ordenanzas N° 1601/2023, en la Ordenanza N° 1614/2023 y La Ordenanza 1674/2023.
Que la ordenanza 1674/2023 establece la incorporación a planta permanente de todo personal municipal contratado y Jornalizados de la municipalidad de perico y del concejo deliberante con dos (2) años o más de antigüedad. Estableciendo la extensión del plazo establecido en la ordenanza nº1.614/2023 y 1.601/2023, considerando la antigüedad hasta el 31 del mes de Noviembre de 2023 y la Vigencia del Art. 8º de la Ordenanza 1614/2023 garantizando la estabilidad laboral del personal de la Municipalidad de Ciudad Perico.
Que, de acuerdo a lo establecido por el art. 65 inc. 11 de la Carta Orgánica Municipal, el intendente es jefe de la Administración Municipal, ejerce la superintendencia del personal dependiente del Departamento Ejecutivo. En concordancia en el art. 67 inc. 23 dispone que es atribución del intendente “ Adoptar, gestionar y resolver en la forma y condiciones que sea de su competencia, todo cuanto atañe a su gestión de intendente, respecto de las personas y cosas sometidas a su jurisdicción a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.
Que, la incorporación a planta permanente de los agentes municipales, que reúnen las condiciones establecidas en la Ordenanza 1674/2023, Ordenanza N° 1.601/2023 y Ordenanza N° 1.614/2023 y la aplicación de tales normas, no genera una carga importante financiera al Municipio. Los empleados municipales merecen que sus derechos constitucionales les sean respetados a la luz del Art. 14 bis de la Constitución Nacional, y el Estatuto del Empleado Público y normas vigentes.
Por ello y en uso de las facultades que le otorga la Constitución de la Provincia de Jujuy, la Carta Orgánica Municipal y el Estatuto del Empleado Público de Jujuy.
EL INTENDENTE INTERINO DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- INCORPORESE a partir del 01 de NOVIEMBRE de 2023 a planta permanente al personal Jornalizado, medio jornalizado y contratados según su antigüedad, que reúnan las condiciones establecidas en los artículos 2º y 3º conforme la Ordenanza Nº 1674/2023 del Concejo Deliberante de Ciudad Perico. Según el listado informado por la Dirección de Recurso Humano a saber:
LISTADO PERSONAL JORNALIZADO, MEDIO JORNALIZADO Y CONTRATADOS A PLANTA PERMANENTE
SEGUN ORDENANZA 1.674/2023
LEGAJO | NOMBRE Y APELLIDO | ANTIG. |
31616 | DIAZ HUGO MANUEL | 24 |
34027 | PEINADO DARIO RUBEN | 5 |
34024 | AQUINO CAMPOS CAROLINA | 4 |
34035 | CASTRO BALMACEDA DANA BELÉN | 3 |
34036 | LOPEZ CLAUDIA LEONOR | 2 |
34044 | ARAMAYO WALTER OMAR | 2 |
34080 | YAPURA ROMINA MILAGRO | 2 |
32902 | ALANIS ANA CAROLINA | 5 |
34187 | ROMERO MARCELO ARIEL | 4 |
34160 | CARDOZO SERGIO EMANUEL | 4 |
33938 | ACOSTA LORENA DE LOS ANGELES | 3 |
34007 | TOLABA NORMA GLADIS | 3 |
33518 | AMARILLA TATIANA ARACELI ESTER | 2 |
34054 | JUAREZ RAMON ALEJANDRO | 2 |
34065 | JURADO CARLOS ARNALDO | 2 |
34059 | PEREZ LAURA MIRIAM | 2 |
34058 | PORTAL CAROLINA DANIELA | 2 |
34057 | PORTAL LUCIANA PAOLA | 2 |
34060 | RIOS IVAN EZEQUIEL | 2 |
34075 | MEALLA MIGUEL ALEJANDRO | 2 |
34202 | MARTINEZ MABEL ROXANA | 2 |
34055 | SARA ANGEL ALFONSO | 2 |
34235 | DIAZ NORMA DEL VALLE | 2 |
34237 | BARRIOS VICTOR HUGO | 2 |
33985 | YURQUINA JORGE LUIS | 3 |
34052 | ORTEGA JESUS FERNANDO | 2 |
34142 | GARCIA MATIAS JOSE DANIEL | 3 |
34169 | MENDOZA NELIDA NORMA | 2 |
33436 | LAZARO SANDRA BELEN |
ARTÍCULO 2º.- Por Dirección de Recurso Humanos deberá efectivizarse lo dispuesto por el presente acto administrativo, notificando al agente municipal de forma fehaciente.
ARTÍCULO 3º.- Registrase, Comuníquese a la Secretaria de Hacienda de Gobierno, a la Dirección de Recurso Humanos y a los interesados. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy. Cumplido, archívese.-
Walter Cardozo
Intendente Interino