BOLETIN OFICIAL Nº 134 – 01/12/2023

DECRETO Nº 9318-CyT/2023.-

EXPTE. Nº 1300-301/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 SEP. 2023.-

VISTO:

La participación del Sr. Ministro de Cultura y Turismo de la Provincia de Jujuy en la Feria IFTM Top Resa del 3 al 5 de octubre del corriente año, que se realizará en Paris, Francia, y

CONSIDERANDO:

Que, la feria IFTM Top Resa, Feria B2B del turismo en Francia es la cita de referencia de los profesionales del sector para encontrarse, negociar y entender las evoluciones del sector, siendo de suma importancia la participación de la Provincia de Jujuy en una feria de estas características ya que permite posicionarla como uno de los grandes destinos del país.

Que, en el marco de las disposiciones del artículo 18 de la Ley 4.159, corresponde establecer el monto diario de viáticos, que se liquidan por el periodo de duración del viaje, antes de la partida.

Por ello, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º.- Autorizase la Comisión Oficial al exterior del Sr. Ministro de Cultura y Turismo de la Provincia de Jujuy Lic. CARLOS FEDERICO POSADAS DNI 22.958.940 a llevarse a cabo entre los días 3 al 5 de octubre del corriente año en las ciudad de Paris, Francia, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Establecer para el Sr. Ministro de Cultura y Turismo de la Provincia de Jujuy, Lic. Carlos Federico Posadas, como monto diario de viáticos la suma de dólares estadounidenses trescientos (U$S 300), comprendidos desde el 2 al 8 de Octubre de 2.023.-

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande la presente comisión oficial será afrontada con la Partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y cálculo de Recurso Ejercicio 2023 de la jurisdicción “X” Ministerio de Cultura y Turismo, U. de O. X1 Ministerio de Cultura y Turismo 2-2-79-0 Servicios No Personales – Viáticos y Movilidad.-

ARTÍCULO 4°.- Tener presente lo normado en el artículo 30° de la Ley N° 4159: “Régimen General de Viáticos” en lo atinente a la rendición de cuentas ante la autoridad competente.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial en forma Íntegra y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo a demás efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR