LEY Nº 2009

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 74/1949 (2009)
ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a abonar a la Empresa
Constructora Castro Romay & Cía, la suma de Ciento Veintinueve Mil
Trescientos Nueve Pesos con Diez Centavos Moneda Nacional ($129.309,10
m/n.) fijada por el árbitro arbitrador propuesto en el diferendo
planteado en la construcción de la obra “Ruta Nº 1: Laguna La Brea a
Puente sobre el Río Francisco”, con fondos de La Partida 3, Item 2,
Inciso II, Capítulo I Dirección Provincial de Vialidad de la Ley de
Presupuesto Nº 1931.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.
Sala de Sesiones, Jujuy, 14 de Septiembre de 1.949.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
ISAAC CABANA
Vicepresidente 1º