BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 17/10/16
LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY
LEY N° 5963
ARTICULO 1.- Declarase Monumento Histórica e íntegramente del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de Jujuy a la vieja casona que funciona como “Casa – Museo Dr. Justiniano Torres Aparicio”, ubicada en calle Córdoba N° 249 de la ciudad de Humahuaca.-
ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos competentes, deberá adoptar las medidas necesarias para su resguardo, preservación y conservación, en los términos previstos en la Ley N° 5751 “Ley Marco de Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de Jujuy”.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Octubre de 2016.-
Dr. Javier De Bedia
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
C.P.N. Carlos G. Haquim
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE JUJUY
EXPTE. N° 200-743/2016.-
CORRESP. A LEY N° 5963
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 OCT. 2016
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Cultura y Turismo, Ministerio de Hacienda y Finanzas y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR