BOLETIN OFICIAL Nº 129 – 17/11/2023

MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

ORDENANZA Nº 1.678/2.023.-

REF.: “AUTORIZAR  AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A EFECTUAR LA VENTA DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD MUNICIPAL INDIVIDUALIZADO COMO CIRCUNSCRIPCIÓN 2 – SECCIONAL  4 –  MANZANA 134 –  LOTE 1 – PADRÓN B – 9594 – MATRÍCULA B – 2594, UBICADO EN LA POSTA –   CIUDAD DE PERICO, DEPARTAMENTO EL CARMEN, PROVINCIA DE JUJUY”.- Expte. Nº 11.117/2.023. Inic. Por la Mayoría de los Cjles.

VISTO:

El Inmueble que integra el dominio del Estado Municipal mediante Escritura Pública Nº 89 – Donación: inscripta en el Registro Inmobiliario de la Provincia de Jujuy en fecha 02/07/1996, el que se individualiza como Circunscripción 2 – Seccional  4 –  Manzana 134 –  Lote 1 – Padrón B – 9594 – Matrícula B – 2594, ubicado En La Posta –   Ciudad De Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy”; El Articulo 52 Inc. 15 de la Carta Orgánica Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que existen un conjunto de deudas que el municipio debe costear para cumplir con cada una de sus obligaciones asumidas.

Que en virtud de disponer este Municipio de un Inmueble que integran su patrimonio en carácter de dominio privado, y dadas las considerables valuaciones de la propiedad inmueble en la actualidad, hecho al que se suma la posibilidad de que un ciudadano acceda a su terreno propio, surge adecuada su realización a los fines de disponer de dinero en efectivo, con el fin de minimizar las erogaciones líquidas que provienen de los ingresos corrientes, para no afectar la prestación de los servicios esenciales y el normal desenvolvimiento de la administración.

Que, los bienes de dominio municipal, constituyen el patrimonio de la comuna, siendo competencia del Departamento Ejecutivo la administración de los mismos (Articulo 68 Inc. 17 de la Carta Orgánica Municipal).-

El Articulo 52 Inc. 15 de la Carta Orgánica Municipal, establece que son atribuciones y deberes del Concejo Deliberante en materia de régimen financiero, recursos y gastos autorizar la enajenación de los bienes de propiedad privada municipal.

Por todo ello, en virtud de las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal Art. 67 Inc. 3°, el Intendente Interino propone el siguiente Proyecto de Ordenanza;

Por Todo Ello;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE  CIUDAD DE PERICO;

ORDENA:

ARTICULO 1°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar la Venta del Inmueble de Propiedad Municipal Individualizado como Circunscripción 2 – Seccional  4 –  Manzana 134 –  Lote 1 – Padrón B – 9594 – Matrícula B – 2594, Ubicado en Barrio La Posta – Ciudad De Perico, Departamento El Carmen, Provincia De Jujuy.

ARTICULO 2°.- Facúltese al Ejecutivo Municipal a celebrar Boleto de Compra Venta, Escritura traslativa de Dominio con el futuro comprador y a convenir forma y/o modalidad de pago.

ARTICULO 3°.- El monto base de la venta, conforme tasaciones y evaluación, será en la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($23.500.000,00).Disponiéndose que la suma total que se perciba por el producido de la venta del Inmueble, será depositada CUENTA CORRIENTE BANCARIA Nro. 320300000505208 abierta en Banco Macro S.A., radicada en la sucursal 203 – PERICO, titularidad a nombre de la MUNICIPALIDAD DE PERICO CUIT 30-99902373-4 CBU 2850203030000005052083

ARTICULO 7º.- Todo otro aspecto no contemplado en la presente Ordenanza deberá ser Reglamentado por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

SALA DE SESIONES, 16 DE NOVIEMBRE  DEL  2.023.-

 

  1. Anahi Juárez

Vicepresidente a cargo del C.D.