BOLETIN OFICIAL Nº 129 – 17/11/2023

MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

ORDENANZA Nº 1.663/2.023

REF: “AMPLIACIÓN DE PRORROGA DISPUESTA POR ORDENANZA 1.659/2023 EN TODOS SUS TERMINOS HASTA EL 31 DE NOVIEMBRE DE 2.023.-

VISTO:

Lo resuelto en Sesión Ordinaria de fecha 26-10-2.023, en relaciona la disponer la ampliación de la Prorroga de la Ordenanza Nº 1.605/2.023 Prorrogada mediante Ordenanzas 1.619/2023, 1.641/2.023 y 1.659/2.023; y

CONSIDERANDO:

Que, atento a los pedidos de prorroga efectuados por los mismos para acceder a los beneficios estipulados dada la difícil situación económica que atraviesan los ciudadanos, se torna necesario ampliar los tiempos dispuestos en la mencionada ordenanza

Que, por lo expuesto surge la necesidad de otorgar un plazo mayor, que le permita a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones como sujetos obligados

Que, este Concejo Deliberante debe promover y propiciar acciones que favorezcan a los contribuyentes.

Que el Art. 52 inciso 3 de la Carta Orgánico Municipal establece como atribuciones del Concejo Deliberante en materia de hacienda “Aprobar la exención, reducción o moratoria que se considere en el pago de tributos o gravámenes municipales, con la salvedad de que los pagos se efectúen dentro del año o ejercicio en que se aprueben”.

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PERICO

ORDENA:

ARTÍCULO 1º.- DISPONER LA AMPLIACIÓN DE LA PRORROGA DE ORDENANZA 1.659/2023 EN TODOS SUS TERMINOS HASTA EL 31 DE NOVIEMBRE DE 2.023 Ref.:  Bonificación del 50% al pago de Patentamiento, de Vehículos Automotores y Moto-vehículos radicados en el Municipio de Ciudad Perico, por las razones expuestas en los Vistos y Considerandos

ARTÍCULO 2º.- La presente Ordenanza tendrá plena vigencia a partir de su aprobación.-

ARTICULO 3º.- REGISTRESE. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Publíquese en el boletín oficial. Dese amplia difusión. Cumplido. ARCHIVESE. –

 

SALA DE SESIONES, 26 DE OCTUBRE DE 2.023

 

  1. Anahi Juárez

Vicepresidente a cargo del C.D.