BOLETIN OFICIAL Nº 129 – 17/11/2023

CONCEJO DELIBERANTE

MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO

ORDENANZA Nº 190/2023 REF: “PROGRAMA MUNICIPAL CONTRA LA VIOLENCIA CONTRA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES”. EXPTE Nº   121-CD-2023 Proyecto iniciado por concejales López, Cabrera y Yampa).

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, el Programa contra la Violencia, contra Niños Niñas y Adolescentes es un programa municipal basado en la Ley Nacional Nº26.316 Día nacional de la Prevención del abuso contra los niños, niñas y adolescentes a la cual la Municipalidad de Puesto Viejo se encuentra adherida atreves de la Ordenanza Nº 131/2022.

Que, El objetivo del programa es mostrar, de una forma divulgativa, toda la problemática que plantean los delitos contra la libertad sexual, incidiendo de forma vulnerables e indefensos a los menores y adolescentes, en el marco de la comunidad educativa.

Que, Se pretende que jóvenes y adolescentes conozcan el significado de una agresión sexual, el por qué se produce, la actitud ante este tipo de delitos y el conocimiento de los recursos con que se cuenta y cómo utilizarlos.

Que, A nivel mundial, casi 1 de cada 4 adolescentes entre los 15 y 19 han sufrido violencia emocional, física o sexual perpetrada por la pareja. En la Provincia, 1 de cada 10 adolescentes sufrió ciberacoso. Unas de cada 10 niñas y adolescentes sufren violencia sexual en la Argentina. En Argentina, el 77% de adolescentes experimentó mensajes desagradables o perturbadores en línea.

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

Artículo 1º: Se crea en el ámbito de la municipalidad de puesto viejo el Programa contra la Violencia, contra Niños Niñas y Adolescentes en el margen de la Ley Nº26.316. Cuyo objetivo es mostrar, de una forma divulgativa, toda la problemática que plantean los delitos contra la libertad sexual, incidiendo de forma vulnerables e indefensos a los menores y adolescentes, en el marco de la comunidad educativa.

Artículo 2º: Destinado a niños, niñas desde su concepción hasta los doce años de edad y adolescentes mayor de doce años y menor de dieciocho años.

Artículo 3º: Sera Autoridad de aplicación el Área de Niñez en conjunto con las siguientes áreas: área mujer género y diversidad, área de salud, área de educación, área de juventud y dirección de prensa y difusión de la municipalidad de puesto viejo.

Artículo 4º: Serán deberes de la autoridad de aplicación

  1. Educativas: brindar charlas y talleres en diferentes colegios para informar sobre la necesidad de evitar la violencia.
  2. Presentación de stand informativos y entrega de folletería informativa en las diferentes localidades que componen el ejido de la municipalidad de puesto viejo.
  3. Difundir por los diferentes medios de comunicación oficiales de la municipalidad de puesto viejo sobre la problemática abordada en la presente.

Artículo 5º: Todo gasto que demande la implementación del presente programa será imputada a las partidas de Rentas Generales.

Artículo 6º: De Forma.

 

SALA DE SESIONES, 26 DE OCTUBRE DE 2023.

 

Lic. María Amanda López

Presidente