BOLETIN OFICIAL Nº 128 – 15/11/2023

DECRETO Nº 11708-MS/2023.-

EXPTE. Nº 1402-044/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 OCT. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 7°, primer párrafo, del Decreto N° 8.389­-MS/18, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Será conductor alternativo quien con licencia que lo habilite y previo sometimiento voluntario a la prueba de control de alcohol o toxicológicas por la autoridad de aplicación, asuma expresamente bajó firma en el Acta, total responsabilidad por la circulación del vehículo por el término de ocho (08) horas, debiendo responder civil y penalmente y/o por cualquier otra contravención que se cometan con dicho rodado en el transcurso del término establecido”.-

ARTICULO 2º.- Pase a la Legislatura de la Provincia para su conocimiento.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Cumplido pase sucesivamente a la Secretaria de Seguridad Vial, Secretaría de Seguridad Pública y Policía de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR