BOLETIN OFICIAL Nº 127 – 13/11/2023

El Dr. Pablo Gabriel Read, Juez Administrativo de Minas, en el  Expte. Nº 1367-J-2010 ha dispuesto la publicación de Resolución Nº 48-J-2023 de la CONCESIÓN de la MINA denominada “RARA II”, sobre una superficie de DOS MIL CUATROCIENTAS SETENTA Y SIETE HECTAREAS CON DIEZ AREAS (2477,10 ha), en el Paraje CERRO NEGRO, Distrito SUSQUES, del Departamento SUSQUES de esta Provincia, para explotación de mineral diseminado de primera y segunda categoría ORO, COBRE, PLATA y TIERRAS RARAS, a favor de DAJIN RESOURCES SA., CUIT Nº 30-71131920-0, sobre terrenos de propiedad de la COMUNIDAD ABORIGEN PORTICO DE LOS ANDES y ESTADO PROVINCIAL (Informe de la Dirección Provincial de Inmuebles, fs. 76 y vta.), en territorio de la COMUNIDAD ABORÍGEN PORTICO DE LOS ANDES (Informe de Secretaría de Pueblos Indígenas, fs. 69), no afectando derecho de solicitantes de terrenos fiscales rurales en la zona (Informe del Instituto Jujeño de Colonización, fs. 64) (Arts. 3, 4, 45, 46, 50, 76 3° párrafo, 246, sigs. y concs. del Código de Minería y Art. 54, 55 y 57 del Código de Procedimientos Mineros), conforme ubicación dada por Registro Gráfico a fs. 48, con las siguientes coordenadas: P.1. X 7401664.02 Y 3467718.5, P.2. X 7401323.36 Y 3467719.23, P.3. X 7401323.36 Y 3468992.12, P.4. X 7398000 Y 3469000, P.5 X 7398000 Y 3471000, P.6 X 7401663.05 Y 3471000, P.7 X 7401663.05 Y 3473265.02, P.8 X 7402615.33 Y 3473265.02, P.9 X 7402615.33 Y 3475284.59, P.10 X 7402995.57 Y 3475284.59, P.11 X 7402995.57 Y 3475830.71, P.12 X 7402955.11 Y 3475800.47, P.13 X 7402841.36 Y 3475654.22, P.14 X 7402513.22 Y 3475466.71, P.15 X 7402185.16 Y 3475326.1, P.16 X 7401872.6 Y 3475185.46, P.17 X 7401497.61 Y 3474935.55, P.18 X 7401216.31 Y 3474748, P.19 X 7400810.1 Y 3474638.6, P.20 X 7400364.86 Y 3474560.53, P.21 X 7399942.9 Y 3474373.04, P.22 X 7399521.01 Y 3474294.83, P.23 X 7398896.06 Y 3474310.53, P.24 X 7398661.66 Y 3474216.79, P.25 X 7398505.47 Y 3473951.15, P.26 X  7398302.32 Y 3473810.49, P.27 X  7397998.94 Y 3473796.22, P.28 X  7397336.89 Y 3473791.1, P.29 X  7397336.89 Y 3467265.02, P.30 X 7401663.05 Y 3467265.02; encontrándose acreditados los extremos de ley y cumplimentado el Art. 28, punto 1. c) del Dec. Nº 5772-P-2010 (ahora Dec. 7751-DEyP-2023) reglamentario de la Ley 5063 General del Medio Ambiente – Resolución DPM Nº 054/2023 del 03/05/2023 aprobatoria de Informe de Impacto Ambiental Etapa de Exploración – a fin que toda persona que se considere con interés, deduzca sus pretensiones en el plazo de Sesenta Días (60) días contados desde la última publicación y bajo apercibimiento de no ser oídos vencido dicho plazo. Publíquese por tres (3) veces en quince (15) días, en el Boletín Oficial y un Diario Local. San Salvador de Jujuy, 30 de octubre de 2023.-

 

06/13/22 NOV. LIQ. Nº 34284 $1.800,00.-