BOLETIN OFICIAL Nº 123 – 03/11/2023

Monterrico, 24 de Agosto de 2023.- Señores Fiscalía de Estado, Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, Registro Público, ante quien corresponda. Por la presente y en carácter de declaración jurada manifestamos que tanto el señor Berruezo Álvaro José DNI N° 24.790.360 (Administrador Titular) como la señora Arriaga Valeria Marisel DNI N° 27.110.469 (Administrador suplente) de Los Berruezo S.A.S., no se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de las prohibiciones e incompatibilidades previstas en los artículos 157 y 264 de la L.G.S. N° 19.550. Solicito se adjunte tal declaración jurada al expediente N 301-131-2023.- Sin otro particular, me despido atentamente.- ACT. NOT. Nº B 00763279- A 00235618. ESC. MARIEL ANDREA PONCE- TIT. REG. Nº 100- PERICO- JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 681-DPSC/2023-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-131-2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de septiembre de 2023.-

VISTO:

El EXPTE. Nº 301-131-2023. INICIADO POR: C.P.N. MATANA JOSE ARIEL. ASUNTO: SOLICITA INSCRIPCION CONSTITUCION DE SOCIEDAD “LOS BERRUEZO S.A.S.” y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE

ARTICULO 1°: ORDENASE, la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de: INSTRUMENTO CONSTITUTIVO de “LOS BERRUEZO S.A.S.”, instrumento privado de fecha 10 de marzo de 2.023, con copia a fs. 02/05; Declaraciones Juradas sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente (LEY N° 25.246 y modif. RESOLUCIÓN UIF RESOL.-2023-35-APN-UIF), de BERRUEZO ALVARO JOSÉ. BERRUEZO HUGO FABIAN, ARRIAGA VALERIA MARISEL, BERRUEZO PABLO AGUSTIN y de BERRUEZO JOSE GIULIANO, a fs. 27/40; Declaración Jurada de BERRUEZO ALVARO JOSÉ y ARRIAGA VALERIA MARISEL, de no estar incluidos y/o alcanzados dentro de las prohibiciones e incompatibilidades previstas en los artículos 157 y 264 Ley N° 19.550 L.G.S., a fs. 41/43.-

ARTICULO 2°: Requiérese de la firma “LOS BERRUEZO S.A.S.”, que juntamente con la presentación del respectivo ejemplar del Boletín Oficial con edicto publicado, acredite fehacientemente la integración del 25% del capital social, en la CUENTA CORRIENTE BANCARIA N° 320009420484676, CBU 2850200930094204846761 y alias BOTIN.COREA.MANIJA, abierta en Banco Macro S.A., radicada en la sucursal 200-Jujuy, cuya denominación es FISCALIA DE ESTADO-REGISTRO PUBLICO y titularidad a nombre de: FISCALIA DE ESTADO, CUIT 30-67151334-3.-

ARTICULO 3°: Requiérese acompañe por cuadriplicado Constancia Bancaria, con número de cuenta, CBU, tipo de cuenta y Constancia de inscripción en AFIP, perteneciente a la sociedad, a los efectos de la correspondiente devolución del capital integrado.-

ARTICULO 4°: Ordenase que, los libros comerciales de Actas N° 1, 200 fs., Diario N° 1, hojas móviles 200 fs., Libro Inventario N° 1, 3 columnas, 200 fs., y Libro Registro de Acciones Nº 1, 50 fs., todos en perfecto estado pasen para rubrica en el momento oportuno.-

ARTICULO 5º: Diligencias a cargo del C.P.N. MATANA, JOSE ARIEL o, persona debidamente autorizada.-

ARTÍCULO 6º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

03 NOV. LIQ. Nº 34293 $800,00.-