BOLETIN OFICIAL Nº 121 – 30/10/2023

DECRETO Nº 9104-HF/2023.-

EXPTE. Nº 514-24/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 AGO. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modifícase la Planta de Personal Permanente prevista en el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos Ejercicio 2023, conforme se indica a continuación:

SUPRIMIR

CARGOS CATGEGORIA AGRUPAMIENTO LEY
2 A-4 Profesional 4413
2 A-2 Profesional 4413
1 A-1 (i-1) Profesional 4413
2 C-2 Profesional 4413

TOTAL        7

 

CREAR

CARGOS CATGEGORIA AGRUPAMIENTO LEY
2 A-5 Profesional 4413
2 A-3 Profesional 4413
1 A-2 (i-1) Profesional 4413
2 C-3 Profesional 4413

TOTAL        7

 

ARTÍCULO 2º.- Como consecuencia de los dispuesto en el artículo 1°, adecúese a partir del 1° de diciembre de 2021 al personal perteneciente a la Planta Permanente dependiente de la Dirección Provincial de Presupuesto que revista en el Escalafón Profesional de la Ley N° 4413 y 4418, en las categorías que se indica a continuación:

 

APELLIDO Y NOMBRE CUIL DE CATEGORÍA A CATEGORÍA
ASE BLANCA MARIELA 27-20455657-7 A-4 Ley 4413 A-5 Ley 4413
CUBA MARCELO RAFAEL 20-23303300-7 C-2 Ley 4413 C-3 Ley 4413
FERRARI MARÍA INES 27-18228694-5 A-2 Ley 4413 A-3 Ley 4413
NAVARRO CEFERINO 20-14374517-2 A-4 Ley 4413 A-5 Ley 4413
RAMOS HECTOR RAUL 20-25165994-0 C-2 Ley 4413 C-3 Ley 4413
SAMAN SILVIA VIVIANA 27-22636156-7 A-1 (i-1) Ley 4413 A-2 (i-1) Ley 4413
TORRES NESTOR MARCELO 20-22777483-6 A-2 Ley 4413 A-3 Ley 4413

 

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, se atenderá con las siguientes partidas:

EJERCICIO 2023

La partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización 2D Dirección Provincial de Presupuesto, la que de resultar insuficiente tomara fondos de la partida 01-01-01-01-01 100 Regularización Decretos 5064- HF-2021 y 5351-HF-2022, correspondiente a la Jurisdicción “K” Obligaciones a cargo del Tesoro.

PARA EJERCICIOS ANTERIORES (PERIODO NO CONSOLIDADO)

Se atenderá con la partida 03-10-15-1-26-0 “P/Pagos obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores”, prevista en la Jurisdicción “L” DEUDA PUBLICA del Presupuesto General de Gasto y Cálculos de Recursos, Ley 6325/22.-

ARTICULO 4º.- Autorizase a Contaduría de la Provincia a realizar la transferencia de los créditos presupuestarios que resulten necesarios para la atención de las disposiciones del presente decreto.-

ARTÍCULO 5º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Gobierno Abierto para difusión. Cumplido gírese a Contaduría de la Provincia Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección de Personal y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR