BOLETIN OFICIAL Nº 118 – 23/10/2023

Cámara en lo Civil y Comercial- Sala I- Vocalía Nº2 Vocalía: Dr. José Alejando López Iriarte- Juez en el Expte Nº NºC-179480/2021 caratulado Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Exp. Principal C-137384/2019 Actor: SILISQUE NELIDA NATIVIDAD c/ ESTRADA JULIANA. San Salvador de Jujuy, 27 de septiembre de 2023 1) Atento las constancias de autos y el informe de Secretaria que antecede; hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en fecha 22 de marzo de 2023, dando por decaído el derecho a contestar demanda a TODOS AQUELLOS que se consideren con derechos sobre el inmueble sujeto a prescripción adquisitiva individualizado como: MATRICULA A-36068, PADRON A-32257, Circunscripción 1, Sección 14, Manzana 4, Parcela 14-b, ubicado en Pasaje Tucumán nº 578 del Barrio Cuyaya de esta ciudad. A tal fin, líbrese Edictos por tres veces en 5 días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación masiva local, debiendo la Dra. Castro presentar los mismos para control y firma de la Actuaria. 2) Atento a que los herederos del titular registral fueron notificados en persona caracterizada, dese intervención al Defensor Oficial que por turno corresponda, por los mismos y por todos aquellos que se consideren con derechos. 3) Fijase fecha para la INSPECCION OCULAR, la que se llevará a cabo por éste Tribunal el día 14 del mes de Agosto del año 2024, a hs. 10:00, en el inmueble individualizado supra. 4) Asimismo, convocase a las partes para el día 14 del mes de Agosto del año 2024, a hs. 11:00 a efectos de la realización de AUDIENCIA DE VISTA DE CAUSA, a la que deberán comparecer las partes bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 363 del C.P.C., a tal fin provéase a la prueba testimonial ofrecida por la ACTORA (fs. 09), en consecuencia, cítese a los Sres. PATRICIA LLAVE y RAMON ARANGON, quienes deberán comparecer en calidad de testigos, munidos de su documento de identidad y bajo apercibimiento de ser traídos con auxilio de la fuerza pública en caso de injustificada incomparecencia (art. 334 del C.P.C. y 243 del C.P.).- 5) Conforme lo dispuesto por el Art. 72 del CPC, deberá la Dra. Castro confeccionar las diligencias y presentarlas para control y firma de Secretaría. 6) Intímese a la letrada para que en el plazo de diez (10) días denuncielos domicilios de los testigos y presente el pliego de interrogatorio a los fines de las testimoniales ofrecidas por su parte. 7) Notifíquese por cédula. Fdo.: Dr. José A. López Iriarte – Juez. Ante mí: Dra. Eleonora Calluso- Secretaria.- Publíquese por tres (3) veces en cinco (5) días en el Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.- San Salvador de Jujuy, 27 de Septiembre de 2023.-

 

20/23/25 OCT. LIQ. Nº 33984 $1.650,00.-