BOLETIN OFICIAL Nº 117 – 20/10/2023

MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

ORDENANZA Nº 1.659/2.023.-

REF: “PRESTAR ACUERDO AL DECRETO 5839_H_2.023. REF. DISPONGASE AMPLIAR EL PLAZO DE LA PRORROGA ESTABLECIDA POR ORDENANZA 1641/2.023. REF.: PRORROGA DE LA ORDENANZA 1619/2.023. REF.: BONIFICACION DEL 50 % AL PAGO DEL  PATENTAMIENTO, HASTA EL 20 DE OCTUBRE DEL ANO 2.023. INIC. POR EL D.E. MEDIANTE NOTA N° 136/023.-

VISTO:

Lo resuelto por el Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de Octubre de 2.023, en relación al pedido del Departamento Ejecutivo mediante la remisión del Decreto Acuerdo 5839-H-2.023. Ref.: “Dispóngase Ampliar el Plazo de la Prorroga Establecida por Ordenanza 1641/2.023. Ref.: Prorroga de la Ordenanza 1619/2.023. Ref.: Bonificación del 50 % al Pago del Patentamiento, hasta el 20 de octubre del Año 2.023, y;

CONSIDERANDO:

Que, son constante los pedido efectuados por los contribuyentes de nuestra ciudad y se justifica dada la difícil situación económica que atraviesa nuestro país.-

Por eso se hace necesario y surge la necesidad de otorgar un plazo mayor a la Prorroga sobre el pago del patentamiento y así permitir a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones como sujetos obligados.-

Que, la Carta Orgánica Municipal en su Art. 5to., establece la competencia para ejercer potestades tributarias y financieras a cargo del Municipio. En razón de ello el Art. 68 Inc. 4 y 8 fija atribuciones a cargo del Departamento Ejecutivo en materia de Régimen Financiero, Recursos y Gastos: Hacer recaudar los tributes y rentas que correspondan a la Municipalidad y disponer exenciones, reducciones o Moratorias con ACUERDO del Concejo Deliberante.-

Por todo ello,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNIICPALIDAD DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

ART ICULO PRIMERO: PRESTAR ACUERDO al Decreto 5839_H_2.023. REF.: Dispóngase Ampliar el plazo de la Prorroga establecida por ordenanza 1641/2.023. Ref.: Prorroga de la Ordenanza 1619/2.023. REF.: “Bonificación del 50 % al pago del patentamiento, hasta el 20 de octubre del año 2.023Vehiculos automotores y Moto Vehículos radicados en la Municipalidad de Ciudad de Perico, por las razones establecidas en VISTO y CONSIDERANDO.

ARTICULO SEGUNDO: El Departamento Ejecutivo, deberá publicitar por todos los medios que prestan sus servicios a la Municipalidad, las fechas del vencimiento referente al tema.

ARTICULO TERCERO: Elévese copia a cumplimiento, Publíquese en el Boletín Oficial, Registrase, Cumplido. ARCHIVASE.-

 

SALA DE SESIONES, 05 DE OCTUBRE DEL 2.023.-

  1. Anahi Juarez

Vicepresidente a cargo C.D.