BOLETIN OFICIAL Nº 116 – 18/10/2023

Dra. Mirta del Milagro Vega Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°9, Secretaria N° 18, en el Expte. Nº D-001508/2013 caratulado: “Ejecutivo: CREDINEA  S. A. c/ ABEL DARIO SANTIAGOprocede a notificar al Sr. ABEL DARIO SANTIAGO DNI N° 36.869.768 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 17 de octubre de 2017.: Autos y Vistos. Resulta… Considerando… Resuelvo: I.- Mandar a llevar adelante la presente ejecución seguida en contra de  Santiago Abel Darío DNI Nº 36.869.768, y hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado de pesos Cuatro Mil Novecientos Sesenta con 90/100 ($4.970,90). Dicho monto devengará intereses  a la tasa  activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a lo dispuesto en la última doctrina sentada por nuestro Superior Tribunal de Justicia en la causa n° 7096/09, de fecha 11/05/11, registrada en L.A. n° 54, F° 673/678, n° 235), tomados  como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha de trabarse la litis, y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijan en un 50% de los moratorios.- II.-Imponer las costas del presente a la parte demandada (art. 102 del CPC).- III.-Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta la etapa de liquidación.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado respecto a la constitución del domicilio legal (art. 52 CPC).- V.- Notificar, agregar copia en autos, Protocolizar.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón- Juez por Habilitación- Ante mi- Dra. Mariana Valeria Palavecino- Pro Secretaria Técnica Administrativa.- San Pedro de Jujuy, 19 de Abril de 2022. Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario Local.-

 

18/20/23 OCT. LIQ. Nº 34063 $1.650,00.-