BOLETIN OFICIAL Nº 114 – 09/10/2023

Adenda Contrato Constitutivo EL SANTORAL HNOS SAS.- Por la presente entre los señores Nicolás Enrique Mulqui, Cuit N° 20-36851101-4 de 31 años de edad, nacido el 15 de mayo de 1992, de estado civil soltero, de profesión empleado, nacionalidad argentina, con domicilio real y fiscal en Dr. Araoz 450 y Agustina Lucrecia Mulqui,  argentina, de 35 años de edad, nacida el 15 de mayo de 1988, de estado civil casada en primeras nupcias, de profesión abogada, nacionalidad argentina, Cuit N° 27-33.627.955-6, con domicilio real y fiscal en Colectora Ruta 9 Los Molinos, ambos de la ciudad de San Salvador de Jujuy, suscriben esta ADENDA que modifica el art. Cuarto del Capital, el cual quedara redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO CUARTO. Capital: El capital social se integra en efectivo por el monto de seiscientos mil pesos (600.000) realizándose el correspondiente depósito en garantía, representado todo el capital en 600 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un mil pesos $1.000 (Pesos un mil con cero centavos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, integrando en este acto 300 cada socio. El capital social puede ser aumentado por decisión del órgano de gobierno conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley de SAS. Las acciones nominativas no endosables correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244 párrafo cuarto de la Ley nacional General de Sociedades N° 19.550 (t.o. 1984) y modificatorias (LGS), sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz. Modifíquese las disposiciones transitorias del contrato constitutivo EL SANTORAL HNOS S.A.S Por la presente entre los señores Nicolás Enrique Mulqui, Cuit N° 20-36851101-4 de 31 años de edad, nacido el 15 de mayo de 1992, de estado civil soltero, de profesión empleado, nacionalidad argentina, con domicilio real y fiscal en Dr. Araoz 450 y Agustina Lucrecia Mulqui,  argentina, de 35 años de edad, nacida el 15 de mayo de 1988, de estado civil casada en primeras nupcias, de profesión abogada, nacionalidad argentina, Cuit N° 27-33.627.955-6, con domicilio real y fiscal en Colectora Ruta 9 Los Molinos, ambos de la ciudad de San Salvador de Jujuy, se suscribe esta ADENDA que modifica Disposiciones Transitorias, en el art 2 el cual quedara redactado de la siguiente manera: 2°. CAPITAL SOCIAL: Suscribir el 100,00% (cien por ciento) del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: cada socio suscribe la cantidad de 300,00 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un mil $1.000 (Pesos un mil con cero centavos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, conforme inventario adjunto.- El capital social se integra en un 100 % (cien por ciento) en efectivo, acreditándose la garantía del 25 por ciento.- ACT. NOT Nº B 00804964. ESC. RODRIGO JOSE SUEIRO Y SUEIRO – TIT. REG. Nº 79- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 671-DPSC/2023-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-345/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Septiembre de 2023.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que la DRA. AGUSTINA MULQUI, en carácter de APODERADA de “EL SANTORAL HNOS. S.A.S.” solicita, la INSCRIPCION DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD, y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: ORDENASE, la publicación de Edicto en el Boletín Oficial por un día de Contrato de sociedad por Acciones Simplificadas de fecha 28 de agosto de 2023 y Adenda de fecha 22 de septiembre de 2023 de “EL SANTORAL HNOS. S.A.S.”, cuyas copias obran en autos.

ARTÍCULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

09 OCT. LIQ. Nº 33985 $800,00.-