BOLETIN OFICIAL Nº 114 – 09/10/2023
DECRETO Nº 8675-ISPTyV/2023.-
EXPTE. Nº 516-914/2021.-
Agreg. Nº 600-130-2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUL. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2023 – Ley N° 6325, conforme se indica a continuación:
TRANSFIÉRESE: (el cargo y persona)
DE:
JURISDICCIÓN: “V”- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PUBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA
U.DE O.: 1- MINISTERIO
PERSONAL DE ESCALAFÓN PROFESIONAL – Ley N° 4413
CARGO CATEGORÍA
1 A-1
A:
JURISDICCIÓN: “V”- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PÚBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA
U.DE O.: 6C DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INMUEBLES
PERSONAL DE ESCALAFÓN PROFESIONAL – Ley N° 4413
CARGO CATEGORÍA
1 A-1
ARTICULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, transfiérase el cargo y persona del agente Oscar Luciano CASTILLO, CUIL N° 20-18549307-6, Categoría A-1, Agrupamiento Profesional – Ley N° 4413, desde la Planta Permanente de la Jurisdicción “V” MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PUBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA, U. de O. 1 Ministerio, a la Jurisdicción “V” MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PUBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA, U. de O. 6C – Dirección Provincial de Inmuebles.-
ARTICULO 3º.- Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir de la fecha del mismo.-
ARTICULO 4º.- Autorízase a la Dirección Provincial de Presupuesto a efectuar las transferencias de créditos que resulten necesarias para atender lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTICULO 5º.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la respectiva partida de Gasto en Personal que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2023, Ley N° 6325, asignada a la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, U. de O. 6C – Dirección Provincial de Inmuebles.-
ARTICULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 7º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Dirección Provincial de Inmuebles. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR