BOLETIN OFICIAL Nº 113 – 06/10/2023

Dr. Gustavo Alberto Toro – Vocal Pte. de la Cámara Civil y Comercial – Sala IV del Centro Judicial San Pedro, en Expte. No A-046412/2010 caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: ACUÑA, ANTONIA c/ LEACH SA. ARGENTINE ESTATES LIMITED“, procede a notificar el siguiente proveído:- San Pedro de Jujuy, 7 de septiembre de 2023. I.- Previo a correr traslado de la demanda y atento lo solicitado por la actora en escritos digitales N° 660801 y 773151, cítese como terceros interesados al presente proceso al ESTADO PROVINCIAL DE JUJUY, con domicilio en calle San Martín 450, y a la MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY, con domicilio en Mitre 285 esq. Alsina, a los colindantes Sres. Juan Carlos CHOQUE con domicilio en Avenida 25 de Mayo N°474, B° 23 de Agosto y Dolores Teresa QUIROGA de JUAREZ con domicilio en calle Buenos Aires N°373, B° 23 de Agosto de 373 y a toda persona que se considere con derecho sobre el inmueble en cuestión; para que tomen conocimiento del juicio y si consideran afectados sus derechos soliciten en forma expresa, clara y concluyente y en el plazo de QUINCE(15) DIAS HABILES la participación como demandados, haciéndoles saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos (art. 534 Cód. Proc. Civil).- II.- Sin perjuicio de lo precedente, ordénese- con la intervención de Oficial Público o (juez de paz de la localidad) – la colocación en lugar visible del acceso al inmueble, de Cartel Indicativo que deberá expresar las referencias necesarias de la existencia del juicio, cuyas medidas no podrán ser menor a 2,00 m x 1,50 m, debiendo acreditarse su emplazamiento con tomas fotográficas y acta de constatación labrada al efecto (art. 536 Cód. Proc. Civil).- III.- Asimismo, y en razón del principio de publicidad dispuesto en el art. 7 del Cód. Proc. Civil, y dispónese la publicación de edictos por tres (3) veces en cinco (5) días en Boletín Oficial y un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble (art.531 2do. párrf. del Cód. Proc. Civil).- Además, y conforme lo dispuesto en el art.535, los edictos deberán ser exhibidos en el el Municipio, y se trasmitirán mediante radiodifusión local, durante 30 días , debiendo acreditarse con la certificación respectiva.- IV.- Finalmente, una vez transcurridos QUINCE (15) DIAS HABILES, contados a partir de la última notificación de los individualizados en apdo.III precedente, se correrá traslado de la demanda conforme lo previsto en el art. 537 del Cód. Proc. Civil, proveyéndose – en su caso-, los requisitos establecidos en el art.531 del Cód. Proc. Civil respecto a los propietarios ignorados o indeterminados.- V.-Notifíquese por cédula.- Firmado: Dr. GUSTAVO ALBERTO TORO.- Vocal Presidente de Trámite.- Ante mi Dra. ROMINA Y. ALEJANDRA PEREZ.- Prosecretaria.- Publíquese por tres (3) veces en cinco (5) días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.- San Pedro de Jujuy, 20 de septiembre de 2023.-

 

04/06/09  OCT. LIQ. Nº 33888-33889-33890 $1.650,00.-