BOLETIN OFICIAL Nº 112 – 04/10/2023

La Dra. ALEJANDRA M. L. CABALLERO, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y presidente de trámite en el Expediente N°: C-197984/2022 caratulado: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE INMUEBLES EN EXP. PRINCIPAL C-025700/2014: CHAÑI MARCELINO GERMAN; CHAÑI ANTONIO ALBERTO C/ ESTADO PROVINCIAL notifica a los interesados que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, individualizado como Padrón J-148, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 20, Parcela 1, ubicado en calle Salta esquina Jujuy, Departamento de Humahuaca, Provincia de Jujuy, la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 06 de octubre de 2022. 1. (…) 2. Atento lo solicitado por los prescribientes y a fin de la debida traba de la Litis (art. 530 de la Ley nº 5486), confiérese traslado de la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva del inmueble individualizado como Padrón J-148, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 20, Parcela 1, ubicado en calle Salta esquina Jujuy, Departamento de Humahuaca, Provincia de Jujuy, al ESTADO PROVINCIAL y a quienes se consideren con derecho, en la forma de estilo, por el plazo de QUINCE (15) DÍAS y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hicieren (art. 298 del C.P.C., Art. 531º del C.P.C. – Conf. modificación Ley 5486). A tales fines, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir. Ordénase, asimismo, la exhibición de los edictos en el Juzgado de Paz de Humahuaca, Provincia de Jujuy y en la Comisión Municipal de la misma localidad. Trasmitir mediante radiodifusión local durante treinta (30) días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (conf. Art. 535º del C.P.C.– modif. Ley 5486). 3. Intímasele para que en igual término, constituyan domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C. P. C.). 4. Notifíquese (art. 155/6 del C. P.C) FDO. DRA. ALEJANDRA CABALLERO – JUEZ, ante mí DRA LILIANA CHOROLQUE – SECRETARIA. Líbrense edictos que se publicaran por tres veces  dentro de un periodo de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir. San Salvador de Jujuy, 11 de abril de 2023.-

 

04/06/09  OCT. LIQ. Nº 33811 $1.650,00.-