BOLETIN OFICIAL Nº 111 – 02/10/2023
Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-194367/22, caratulado: “CREDINEA S.A c/ DUARTE JORGE OSVALDO S/ Ejecutivo” hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 08 de junio de 2023 Autos y Vistos: …Considerando:… Resuelve: I- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra de DUARTE, JORGE OSVALDO, D.N.I. 27.275.582 hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA CENTAVOS ($4.841,60) con más el interés a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina y el cincuenta por ciento (50 %) en razón de los punitorios, desde la mora (10/04/2019) y hasta el efectivo pago.- II- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III- Diferir la regulación de honorarios del Dr. Aguiar, Carlos Abel Damian hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada debiendo practicarse conforme las pautas establecidas en la Sentencia.- IV-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V-Notificar por notifíquese por cedula a la parte y por edictos, y en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 154 del C.P.C.).- VI- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón- Juez- Ante mí: Dra. María de los Ángeles Meyer. Secretaria. A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.-
29 SEPT. 02/04 OCT. LIQ. Nº 33775 $1.650,00.-