BOLETIN OFICIAL Nº 110 – 29/09/2023
MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA Nº 160/2023 REF. “PROGRAMA UN ÁRBOL POR CADA NACIMIENTO”. (EXPTE N° 43- CD-2023 Iniciada por los concejales López, Alarcón y Yampa).
VISTO Y CONSIDERANDO;
Que, la iniciativa “Un árbol por cada recién nacido” consiste en que se plante un árbol, en algún lugar público, por cada niño que nazca o sea adoptado en las distintas localidades que componen el ejido de la municipalidad de Puesto Viejo.
Que, el cuidado y respeto por el ambiente, con el que estamos íntimamente vinculados, son valores fundamentales que se deben fomentar en la población actual y transmitir a la población futura.
Que, la elección de plantar árboles urbanos estriba en que los mismos contribuyen a: purificar el aire, disminuir la polución sonora, disipar los malos olores, brindar un soporte de vida a distintas aves, como así también, tienen un efecto regulador sobre el clima, modificando la temperatura, el viento, la humedad y la evapotranspiración, aportando a su vez a la estética y a fines recreativos y sociales.
Que, los mismos constituyen elementos dinámicos de los paisajes, cuya permanencia y continuidad a lo largo del tiempo dependerá en gran medida de un proceso continuo y ordenado de implantación, cuidado y mantenimiento.
Que, la municipalidad de Puesto Viejo realiza de manera continua el mantenimiento y puesta en valor del arbolado público, generando una importante inversión en materia de forestación de avenidas, espacios verdes, plazas y plazoletas de las diferentes localidades, aspecto fundamental para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y las generaciones futuras.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la municipalidad de Puesto Viejo el programa Un Árbol por Cada Nacimiento.
Artículo 2º-. El programa consiste en: que por cada nacimiento o adopción de un niño/a en cualquiera de las localidades que componen el ejido de la municipalidad de Puesto Viejo, se plante un árbol en un espacio público municipal, siendo el mismo niño/a el padrino o madrina del ejemplar.
Artículo 3º-. Se deberá implementar un Registro Voluntario de Niños nacidos o adoptados, en el que los padres interesados en adherir a la iniciativa, inscriban al pequeño o pequeña en la Municipalidad, especificando su nombre completo y fecha de nacimiento
Artículo 4º-. El árbol será plantado de forma conjunta por los padres y por la municipalidad, entregando a cada familia un certificado que incluirá el nombre del pequeño padrino o madrina del árbol, su fecha de nacimiento, la especie arbórea y su ubicación en la localidad.
Artículo 5º-. Será Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza el Área de Seguridad y Medio Ambiente de la Municipalidad de Puesto Viejo, quien deberá realizar una campaña publicitaria y de difusión con el objeto de informar la implementación de la iniciativa y concientizar a la población sobre los beneficios de la arborización y el cuidado del medio ambiente.
Artículo 6º-. DE FORMA.
SALA DE SESIONES, 08 DE JUNIO DE 2023.
Lic. María Amanda López
Presidente