BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 27/09/2023
MUNICIPALIDAD DE MONTERRICO
DECRETO N° 143/2023.-
MONTERRICO, 01 MAR. 2023.-
VISTO
El pedido efectuado por los representantes gremiales respecto la recategorización del personal municipal que revista en Planta permanente;
CONSIDERANDO
Que los empleados municipales de planta permanente acumulan la antigüedad suficiente continua e ininterrumpida para ser promovidos con carácter de rejerarquización escalafonaria a categoría superior.-
Que la crisis económica imperante afecta de forma directa el núcleo familiar de los agentes municipales disminuyendo su poder adquisitivo.-
Que la situación fue manifestada por los representantes gremiales quienes exigieron la rejerarquización escalafonaria pertinente.-
Que, existen acuerdos vigentes con los representantes gremiales a los que el departamento ejecutivo pretende acogerse en beneficio de los agentes municipales.-
Que en virtud de lo establecido por la Ord.422/20, debe exceptuarse del presente ordenamiento a los empleados alcanzados por dicho régimen.
Que existe partida presupuestaria disponible para proceder a la recategorización pretendida de acuerdo a lo regulado en la ORDENANZA N° 462/2022 PRESUPUESTO DE GASTOS Y CÁLCULOS DE RECURSOS- EJERCICIO 2023.-
En uso de las facultades que le confiere la ley N° 4466 y concordantes…
POR ELLO:
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE MONTERRICO EN ACUERDO CON EL SECRETARIO DE HACIENDA
DECRETA
ARTICULO 1º.- DISPONESE a partir del 01 (uno) de marzo de 2023, la recategorización escalafonaria para el personal de planta permanente de la Administración Municipal, de conformidad a los motivos expuestos en el exordio.- La recategorización quedará establecida de acuerdo al detalle del ANEXO I adjunto.-
ARTICULO 2º.- EXCEPTÚESE del presente ordenamiento a los agentes municipales alcanzados por el régimen establecido en la Ord.422/20.-
ARTICULO 3º.- La Dirección de Personal adoptará las medidas pertinentes para concretar la recategorización de cada agente comprendido en los alcances del presente, efectuando las anotaciones en el legajo personal y las adecuaciones en las planillas y
registros correspondientes.-
ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente instrumento, se atenderá con las partidas específicas que al efecto fija el Presupuesto General de gastos y Cálculo de Recursos vigente.-
ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.-
Prof. Nilson Gabriel Ortega
Intendente