BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 27/09/2023
MUNICIPALIDAD DE MONTERRICO.-
DECRETO Nº 073/22.-
MONTERRICO, 01 FEB. 2022.-
VISTO:
EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARIA DE MUNICIPIOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y EL MUNICIPIO DE MONTERRICO DE LA PROVINCIA DE JUJUY PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA MEJORA DE LOS GOBIERNOS LOCALES “MUNICIPIOS DE PIE”;
CONSIDERANDO:
Que, conforme la nueva organización ministerial del P.E.N, a través del Dec. Nacional N° 50-19 se crea la SECRETARIA DE MUNICIPIOS, para asistir a los municipios en materia de innovación de los sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad de gestión;
Que en virtud de los objetivos que persigue la SECRETARIA DE MUNICIPIOS se lleve adelante EL PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA MEJORA DE LOS GOBIERNOS LOCALES “MUNICIPIOS DE PIE”
Que, el PROGRAMA “MUNICIPIOS DE PIE” tiene por finalidad la asistencia técnica y financiera de los gobiernos locales para mejorar la calidad de vida de los habitantes mediante la adquisición de insumos y materiales destinados al fortalecimiento de la integración regional.
Que tras la suscripción del convenio ut supra, el municipio será receptor de fondos nacionales destinados a la compra de una motoniveladora. Que, la maquinaria de referencia constituye una herramienta de suma utilidad para las obras que la administración proyecta ejecutar.
Que, en virtud de las facultades que confiere la Constitución de la Provincia de Jujuy y Ley N° 4466; sus modificatorias y concordantes.
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTERRICO EN ACUERDO CON EL SECRETARIO DE HACIENDA
DECRETA
ARTÍCULO 1°: APRUÉBESE EL CONVENIO oficiado ENTRE LA SECRETARIA DE MUNICIPIOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y EL MUNICIPIO DE MONTERRICO para la ejecución del PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA MEJORA DE LOS GOBIERNOS LOCALES “MUNICIPIO DE PIE”, destinado a la adquisición de una MAQUINA MOTONIVELADORA.-
ARTÍCULO 2°: AUTORIZASE a los departamentos de Tesorería, Contaduría, Compras y Suministros a librar las erogaciones que a los fines del Art. 1° de la presente normativa, fueren necesarios.-
ARTICULO 3°: COMUNÍQUESE A LAS DEPENDENCIAS PERTINENTES PARA DEMÁS EFECTOS. RESGÍSTRESE, CUMPLIDO SEA, ARCHIVASE.-
Prof. Nilson Gabriel Ortega
Intendente