BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 27/09/2023

El Dr. R. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial Nº 4 Secretaría Nº 8 en el Expte. Nº C-201435/22, caratulado Ejecutivo: CARSA S.A. c/ PERALES, OSCAR FERNANDO” procede a notificar el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de junio de 2023.- Atento las constancias de autos y lo manifestado precedentemente por la actora, notifíquese por Edictos al demandado: SR. PERALES, OSCAR FERNANDO, D.N.I. Nº 28543046 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los Arts 472 y 478 del CPC, intimase al accionado a depositar la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CON CUARENTA CENTAVOS ($7.565,40.-) que se reclaman por capital, con más la suma de PESOS DOS MILDOSCIENTOS SETENTA CON CERO CENTAVOS ($2.270,00.-) para acrecidas legales.-Asimismo cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los CINCO DIAS posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaria, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Asimismo córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaria de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Por el mismo término intimase a la demandada a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado. A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial. Notifíquese y líbrese Edictos (Art. 154 CPC). Dr. Sebastian Cabana, Juez ante mi Dr. Alfonso Arturo Daniel- Firma Habilitada.-” Publíquese edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial. San Salvador de Jujuy, 07 de junio de 2023, Secretaria Nº 8.-

 

25/27/29 SEPT. LIQ. Nº 33159 $1.650,00.-