BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 27/09/2023

DECRETO Nº 8986-S/2023.-

EXPTE. Nº 711-152/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 AGO. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Dejese sin efecto el Decreto Nº 3543-S/2021, de fecha 22 de Junio del 2021, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Adecúase a la Sra. Ferreira Sivila, Maritza, CUIL N° 27-19062918-­5, en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413 de la Unidad de Organización R6-06 Dirección Provincial de Sanidad, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con las previsiones Presupuestarias que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos – Ejercicio 2023, Ley 6325, que a continuación se indica:

EJERCICIO 2023:

Con las respectivas partidas de Gastos de Personal asignadas a la Jurisdicción “R’ Ministerio de Salud, Unidad de Organización, R6-06 Dirección Provincial de Sanidad, las que de resultar insuficiente tomarán fondos de la partida 1-1-1-1-1-23 “Adecuación Ley N° 4413”, correspondiente a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro.:

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR