BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 27/09/2023
DECRETO Nº 8985-S/2023.-
EXPTE. Nº 714-3699/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 AGO. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto N° 3800-S-2021, de fecha 2 de agosto 2.021, de conformidad a lo expresado en el exordio. –
ARTÍCULO 2º.- Adecuase al Licenciado en Enfermería Osvaldo Hugo Elías Quiquiza. CUIL N° 20-30549402-0, al cargo categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional. Escalafón Profesional, Ley N° 4413, de la U. de O.: R 6-01-02 Hospital Pablo Soria, a partir de la emisión del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderán con partidas presupuestarias, que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2.023, Ley N° 6325, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2.023:
Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-02 Hospital Pablo Soria, las partidas de Gastos en Personal, las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-01-23 “Adecuación Personal Ley N° 4413” correspondiente a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR