BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 02/10/15

Icon_PDF_6DECRETO ACUERDO Nº 6543-H.-

EXPTE. Nº 0500-672/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 DIC. 2014.-

VISTO:

Las Leyes Nº 4307, Nº 5794, y los Decretos-Acuerdo Nº 2059-H-04, Nº 6051-H-06, Nº 9243-H-11 y Nº 9244-H-11, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 4307 autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a establecer la política salarial de la Administración Pública Provincial, sus organismos Centralizados y Descentralizados, así como para disponer una amplia y adecuada reestructuración y racionalización de los recursos;

Que por Decreto-Acuerdo Nº 2059-H-04 se otorgó a partir de Septiembre de 2004, al Personal Superior de Seguridad

Técnico y Profesional-comprendido entre los grados de Sub-Comisario y Comisario General, y entre el grado de Alcaide e Inspector General-dependiente de las fuerzas de seguridad provinciales, un “Adicional por Jerarquización” de carácter Remunerativo y No Bonificable;

Que por Decreto-Acuerdo Nº 6051-H-06 se otorgó, a partir de Agosto de 2006, un “Adicional por Jerarquización de carácter Remunerativo y No Bonificable, al Personal Superior de Seguridad, Técnico y Profesional, dependientes de la Policía de la Provincia y Dirección General del Servicio Penitenciario de Jujuy, en los importes allí establecidos para cada caso;

Que por Decretos-Acuerdo Nº 9243-H-11 y Nº 9244-11 se incrementaron los importes del mencionado Adicional, respetando su naturaleza;

Que en este marco, y habiéndose analizado el mérito, oportunidad y conveniencia, se ha dispuesto incrementar en un treinta por ciento (30%), a partir del 01 de Diciembre de 2014, el “Adicional por Jerarquización” de carácter Remunerativo y No Bonificable;

Que, la modificación que por este acto se dispone será de aplicación a los efectos de la movilidad del haber de retiro y pensiones derivadas de los mismos, en función de lo normado por el Artículo 16º, inc. e) de la Ley Nº 5794-de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, toda vez que la misma faculta al Poder Ejecutivo a: “Establecer a los fines y con los alcances del Artículo 26º de la Ley Nº 3759/81, modificaciones en los componentes que integran la remuneración del personal de la Policía de la Provincia y Dirección General del Servicio Penitenciario de Jujuy;”

Por ello, y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Dispónese, a partir del 01 de Diciembre de 2014, los nuevos importes del “Adicional por Jerarquización” que se otorgara por los Decretos-Acuerdo Nº 2059-H-04 y Nº 6051-H-06 respectivamente al personal Superior de Seguridad, Técnico y Profesional dependientes de la Policía de la Provincia y Dirección General del Servicio Penitenciario de Jujuy, conforme los ANEXOS I y II que integran el presente.

ARTICULO 2º.-Déjase establecido, que lo dispuesto en el Artículo 1º será de aplicación a los efectos de la movilidad del haber de retiro y pensiones derivados de los mismos, por las razones expuestas en el exordio.

ARTICULO 3º.-Encomiéndase a la Unidad de Control Previsional las gestiones que, en materia previsional, fueran menester realizar ante los organismos competente, provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo y para toda cuestión relacionada a la materia.

ARTÍCULO 4º.-Establécese que la erogación dispuesta en el presente ordenamiento se imputará a la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, autorizando al Ministerio de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.

ARTÍCULO 5º.-Las disposiciones reglamentarias e interpretativas que demande el cumplimiento de la presente norma, serán dictadas por el Ministerio de Hacienda en la oportunidad que en cada caso se requiera.-

ARTICULO 6º.-Regístrese, tome razón Fiscalía de estado, Tribunal de Cuentas y Contaduría de la Provincia, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a conocimiento de la Unidad de Control Previsional, Dirección Provincial de Presupuesto y Ministerio de Gobierno y Justicia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda a sus demás efectos.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR