BOLETIN OFICIAL Nº 108 – 25/09/2023

Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a GUILLERMO AYALA, D.N.I. Nº 13.889.303, que en el EXPTE. Nº C-214397/22 caratulado “Ejecutivo: AGUIRRE, GUSTAVO MARTIN c/ AYALA, GUILLERMO”, se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 21 de Diciembre de 2022.- Atento las constancias de autos y lo solicitado en el escrito Nº 848651, notifíquese por edictos a la parte demandada GUILLERMO AYALA D.N.I. Nº 13.889.303 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, de la ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia y de conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 del C.P.C., intimase a la accionada a depositar la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000,00) en concepto de Capital, con más la suma de PESOS NOVENTA MIL ($90.000,00) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio.- En defecto de pago, trábese Embargo sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítaselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los Tres Km. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Ítem.- Notifíquese por Cedula.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 31 de Agosto de 2023.-

 

20/22/25 SEPT. LIQ. Nº 33740-33699-33741 $1.650,00.-