BOLETIN OFICIAL Nº 108 – 25/09/2023

Dra. Teresa Lewin Nakamura- Jueza del Tribunal de Familia- Sala II- Vocalía 5, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. CESAR ARIEL MARTINEZ DNI N° 28.314.249, que en el EXPTE. Nº C-174411/2021, caratulado: “ALIMENTOS: CONDORI, NOELIA GISELA c/ MARTINEZ, CESAR ARIEL”, se han dictado las resoluciones judiciales que a continuación se transcriben: “San Salvador de Jujuy, a los 04 días del mes de Noviembre del año dos mil veintiuno, reunidas las integrantes de la Sala II del Tribunal de Familia de la Provincia de Jujuy, Dras. María Julia Garay, Jueza habilitada, Teresa Lewin Nakamura, Jueza y Amalia N. Jiménez, Jueza habilitada, vieron el Expediente. N° C-174.411/21 caratulado: “ALIMENTOS: CONDORI, NOELIA GISELA C/ MARTINEZ, CESAR ARIEL” y del cual dijeron, Antecedentes….Fundamentos… Resuelve: 1º) Hacer lugar a la acción sumarísima por alimentos incoada por la señora CONDORI NOELIA GISELA, DNI N° 33.764.163 en contra del señor MARTINEZ CESAR ARIEL DNI N° 28.314.249. 2º) Convertir en Cuota Alimentaria Definitiva, por parte del señor MARTINEZ CESAR ARIEL DNI N° 28.314.249 y a favor de sus hijos MARTINEZ LEANDRO JESUS DNI N° 46.402.829, MARTINEZ LAUTARO ARIEL DNI N° 48.955.188; MARTINEZ AINARA DE LOS ANGELES DNI N° 53.126.323; y MARTINEZ LUZ ARIADNA DNI N° 56.007.545 el porcentaje de CINCUENTA POR CIENTO (P) fijado en fecha 18-03-2021, de todas las sumas que percibe el demandado como empleado de MINA PIRQUITAS S.A., previas deducciones de Ley y con mas SAC y las asignaciones familiares que le pudieren corresponder. Dichas sumas deberán ser depositadas en forma mensual y consecutiva a la orden de este Tribunal de Familia Vocalía V y como pertenecientes a los presentes obrados en el Banco Macro S. A. Suc. Tribunales, y deberán ser abonadas al actor contra la sola presentación de su Documento Nacional de Identidad. 3º) Librar oficio a MINA PIRQUITAS S.A. a sus efectos. 4º) Imponer las costas al alimentante (art. 102 del C.P.C.). 5º) Diferir la regulación de honorarios de los letrados intervinientes hasta que se cuente con base para ello. 6º) Agréguese copia en autos, regístrese, notifíquese por cédula y ofíciese.- Fdo. Dra. María Julia Garay- Habilitada Como Jueza- Dra. Teresa Lewin Nakamura- Jueza- Dra. N. Amalia Jiménez- Habilitada Como Jueza Ante Mi: Dr. Carlos Gonzalo Jure- Prosecretario Técnico de Juzgado”. “San Salvador de Jujuy, a los 09 días del mes de Noviembre del año dos mil veintidós, reunidas las integrantes de la Sala II del Tribunal de Familia de la Provincia de Jujuy, Dras. María Julia Garay, Jueza habilitada, Teresa Lewin Nakamura, Jueza y Amalia N. Jiménez, Jueza habilitada, vieron el Expediente. N° C-174.411/21 caratulado: “Alimentos: CONDORI, NOELIA GISELA c/ MARTINEZ, CESAR ARIEL” y del cual dijeron, Considerando:…; Resuelve: 1.- Regular los honorarios Profesionales de la Dra. CLAUDIA NOEMI LAREDO en la suma de NOVENTA MIL SETENTA Y OCHO PESOS ($ 90.078) y CLAUDIO FRANCISCO LAGORIA LAREDO en la suma de NOVENTA MIL SETENTA Y OCHO PESOS ($ 90.078) por la labor efectivamente desarrollada en autos y en conformidad con los arts. 17º, 20º, 23º y 42º de la ley 6.112. Dichos honorarios solo en caso de mora devengarán un interés conforme a la tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme nueva doctrina del S.T.J (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235) con mas I.V.A. si correspondiere 2.- Agréguese copia en autos, notifíquese y oportunamente archívese.- Fdo. Dra. Beatriz Josefina Gutiérrez- Jueza-Dra. Teresa Lewin Nakamura- Jueza- Dra. N. Amalia Jiménez- Habilitada Como Jueza- Ante Mi: Dr. Carlos Gonzalo Jure- Prosecretario Técnico de Juzgado”.- “San Salvador de Jujuy, a los 21 días del mes de diciembre del año dos mil veintidós, reunidas las integrantes de la Sala II del Tribunal de Familia de la Provincia de Jujuy, Dras. Beatriz Josefina Gutiérrez, Jueza, Teresa Lewin Nakamura, Jueza y Norma Amalia Jiménez, Jueza habilitada, vieron el Expediente. N° C-174.411/21 caratulado: “Alimentos: CONDORI, NOELIA GISELA c/ MARTINEZ, CESAR ARIEL” y del cual dijeron, CONSIDERANDO: … RESUELVE: I.- Rectificar y en consecuencia ampliar la parte resolutiva de la Sentencia de fecha 09 del mes de Noviembre del año dos mil veintidós, quedando redactada de la siguiente manera: “1.- Regular los honorarios Profesionales de la Dra. CLAUDIA NOEMI LAREDO en la suma de NOVENTA MIL SETENTA Y OCHO PESOS ($90.078) y CLAUDIO FRANCISCO LAGORIA LAREDO en la suma de NOVENTA MIL SETENTA Y OCHO PESOS ($90.078) por la labor efectivamente desarrollada en autos y en conformidad con los arts. 17º, 20º, 23º, 31º y 42º de la ley 6.112. Teniendo en cuenta para realizar la regulación de honorarios, el saldo bancario adjuntado en autos, y habiendo para ello multiplicado la suma de $136.482,58 por 12 y utilizando el porcentaje de 11% para calcular los honorarios, y considerando las etapas del proceso, los abogados actuantes, la naturaleza del litigio y las actuaciones en el mismo. Dichos honorarios solo en caso de mora devengarán un interés conforme a la tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme nueva doctrina del S.T.J (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235) con mas I.V.A. si correspondiere. II.- Agréguese copia en autos, notifíquese, y oportunamente archívese.- Fdo. Dra. Beatriz Josefina Gutiérrez- Jueza- Dra. Teresa Lewin Nakamura- Jueza- Dra. N. Amalia Jiménez- Habilitada Como Jueza- Ante Mi: Dr. Carlos Gonzalo Jure- Prosecretario Técnico de Juzgado” “Expte. Nº C-174411/21 A despacho hoy: San Salvador de Jujuy, 11 de Julio del 2023.- Atento lo solicitado por el Dr. LAGORIA LAREDO, CLAUDIO FRANCISCO y constancias de autos, ordénese la publicación de edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días del presente decreto y del proveído de fecha 05/11/21, 10/11/22, y 21/12/22 al Sr. Cesar Ariel Martínez DNI N° 28.314.249.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. Teresa Lewin Nakamura- Juez Habilitada- Ante mi Dra. María Carolina Arce”.-

 

20/22/25 SEPT. LIQ. Nº 33619-33725 $1.650,00.-