BOLETIN OFICIAL Nº 107 – 22/09/2023

DECRETO Nº 8973-ISPTyV/2023.-

EXPTE. Nº 600-226/2023.-

Agreg. Nº 600-231/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 AGO. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese la Adenda al Contrato de Locación de Servicios Profesionales y sus anexos I y II, celebrado el 21 de marzo de 2023 entre la Provincia de Jujuy y el estudio de arquitectura PELLI CLARKE & PARTNERS / CANADA CORP, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Dispóngase que la erogación que demande el cumplimiento del contrato del Artículo 1° se afrontara con la siguiente partida:

 

EJERCICIO 2023:

JURISDICCION:   V   MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PUBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA

U. DE O. 3 SECRETERIA DE PLANIFICACION

FINALIDAD    1 ADMINISTRACION GENERAL

FUNCION       7 ADMINISTRACION GENERANL SIN DISCRIMINAR

2 EROGACIONES DE CAPITAL

5 INVERSION REAL

8 TRABAJOS PUBLICOS

1 TRABAJOS PUBLICOS

1 TRABAJOS PUBLICOS

                       543 Construcción Museo Lola Mora    U$D 132.000

 

ARTÍCULO 3º.- Apruébese la Adenda al Contrato de Locación de Servidos Profesionales y sus anexos I y II, celebrado el 21 de marzo de 2023 entre la Provincia de Jujuy y el estudio Arquitecto Arturo Beccar Varela y Asociados, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 4°.- Dispóngase que la erogación que demande el cumplimiento del contrato del Artículo 3° se afrontara con la siguiente partida:

 

EJERCICIO 2023:

JURISDICCION:   V   MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PUBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA

U. DE O. 3 SECRETERIA DE PLANIFICACION

FINALIDAD            1 ADMINISTRACION GENERAL

FUNCION                7 ADMINISTRACION GENERANL SIN DISCRIMINAR

2 EROGACIONES DE CAPITAL

5 INVERSION REAL

8 TRABAJOS PUBLICOS

1 TRABAJOS PUBLICOS

1 TRABAJOS PUBLICOS

                             543 Construcción Museo Lola Mora    U$D 132.000

 

ARTÍCULO 5°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a la protocolización de los Contratos que se aprueban por el presente.-

ARTÍCULO 6°.- Por Secretaría General de la Gobernación, remítase copia íntegra y certificada de los Contratos y del presente Decreto a la Legislatura de la Provincia a sus efectos.-

ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Tornen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase a Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR