BOLETIN OFICIAL Nº 107 – 22/09/2023

DECRETO Nº 8896-MS/2023.-

EXPTE. Nº 1414-374/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 AGO. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 2° del Decreto N° 10.127-MS/19, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2°: Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el Retiro Obligatorio por Invalidez del CABO VIDES MARIO ALEJANDRO, D.N.I. N° 32.108.445, Legajo N° 17.182, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14° inc. k) concordante con el articulo 22º inc. b) de la Ley Nº 3759/81 ( Retiro Obligatorio por Invalidez servicio)”.-

ARTÍCULO 2°.- Por Intermedio de la Unidad de Control Previsional dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, procédase a la regularización de los haberes del administrado, conforme lo dispuesto por la manda judicial.-

ARTÍCULO 3°.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50º y concordantes de la Ley N° 1.886/48.-

ARTICULO 4°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquele. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR