BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 09/10/15
EXPTE. Nº 613-047/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 SET. 2015.-
VISTO:
La Resolución N° 132-DPRH/15 dictada en los presentes autos por la DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS, a través de la cual se determinan las nuevas Tasas de Aplicación para los servicios que presta ese Organismo, y
CONSIDERANDO:
Que en relación a dicha normativa, la Dirección Provincial de Recursos Hídricos manifiesta la necesidad de actualizar las tasas vigentes, atento a que las mismas datan desde el año 1998, con índices que van desde el año 2008 al 2014.
Que la modificación propuesta, según fundamenta el instrumento legal referido, se adecua a lo que establece el Decreto N° 1842-OP/1996, Artículo 1° inc. u), toda vez que se faculta al señor Director a “Implementar políticas de efectivo cobro de canon por recursos hídricos y derivados definiendo las tarifas de los diferentes usos”
Que según dictamen de Fiscalía de Estado (fs.22) no existe óbice legal para continuar con el trámite de aprobación correspondiente.
Por ello, y habiendo compartido la Coordinación del Dpto. Asistencia Legal de Fiscalía de Estado precedentemente dictaminado,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.–Ratificase la Resolución N°132-DPRH/15 dictada a fs.11/14 por la DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS a través de la cual se determinan las Tasas de Aplicación para los servicios que prestan las distintas áreas de dicho Organismo, conforme lo detallado en Anexo I que integra el presente decreto.
ARTICULO 2º.–Previa Toma de Razón de Fiscalía de Estado, comuníquese publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial, dese a Dirección de Prensa, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Por Secretaria General de la Gobernación remítase copia a conocimiento de Tribunal de Cuentas. Pase a Dirección Provincial de Recursos Hídricos. Cumplido, gírese a Dirección de Trámites y Archivo.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR