BOLETIN OFICIAL Nº 101 – 08/09/2023

DECRETO Nº 8828-E/2023.-

EXPTE. Nº 1056-6572-23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 JUL. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización 4 Secretaría de Gestión Educativa de la Jurisdicción “F” del Ministerio de Educación, como se detalla a continuación:

CRÉASE:

Personal del Escalafón General- Ley 3161/74

1 cargo categoría 1

1 cargo categoría 3

 

ARTÍCULO 2º.- Designase en el cargo Categoría 1, Personal del Escalafón General Agrupamiento Servicios Generales de Planta Permanente de la Unidad de Organización F4 – Secretaría de Gestión Educativa, al Sr. Hugo Orlando Rafael Monteregua, CUIL 20-30689827-3, a partir de la fecha del presente Decreto.-

ARTÍCULO 3º.- Designase en el cargo Categoría 3, Personal del Escalafón General – Agrupamiento Administrativo de Planta Permanente de la Unidad de Organización F4 – Secretaria de Gestión Educativa, al Sr. Rodrigo Manuel Salas, CUIL 20-30387244-3, a partir de la fecha del presente Decreto.-

ARTÍCULO 4º.- Ténganse por rescindidos los Contratos de Servicios, suscriptos oportunamente entre el Estado Provincial con los agentes mencionados en los Artículos 2° y 3°.

ARTÍCULO 5º.- Autoricese al Ministerio de Educación a realizar las reubicaciones y cambios de lugar de prestación de tareas de acuerdo con las necesidades de servicios, las adecuaciones de situación de revista de los agentes, y a dictar las disposiciones que fueran ineludibles para implementar lo dispuesto en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 6º.- La erogación del presente Decreto se atenderá con las partidas que a tales efectos prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6325, Ejercicio 2023, asignada a la Jurisdicción “F” MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Unidad de Organización “4” Secretaría de Gestión Educativa. Partidas de “Gasto en Personal”. Por lo cual, se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 Personal Contratado, en caso de corresponder, de las Unidades de Organización antes mencionadas y las cuales de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-97 Regularización Decreto N° 3510-G-21 asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro.-

ARTÍCULO 7º.- Facultese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones, transferencias y/o creaciones de partidas presupuestarias necesarias, para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ordenamiento.-

ARTÍCULO 8°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Educación y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 9º.- Registrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para su publicación, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR