BOLETIN OFICIAL Nº 101 – 08/09/2023

DECRETO Nº 8157-DH/2023.-

EXPTE. Nº NL 0771-0114/20.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 ABR. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Promuévase a la Sra. Faustina Gregoria Nieve, C.U.I.L. N° 27-11072750-5 al cargo Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, personal de Planta Permanente, de la Dirección Provincial de Protección Integral a las Personas Adultas Mayores del Ministerio de Desarrollo Humano con retroactividad al 01 de Enero del 2022 de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, Reglamentario de la Ley N° 5502/05, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en este decreto se atenderá con la siguiente partida:

Ejercicio 2023:

Partida de Gastos de Personal Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos. Ley N° 6325 para U. de O.: “S6C”- Dirección Provincial de Protección Integral a las Personas Adultas Mayores, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a cargo del Tesoro- denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley 5502”.-

Ejercicios Anteriores:

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26 Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.

 

ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3º del Decreto N° 8865-H-07, y de lo dispuesto por el Artículo 100 bis. De la Ley N° 3161/74 y su modificación por la Ley N° 5748/72 a cuyos efectos arbitrar los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Humano y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 5°.- Previa toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto gírense a la Dirección Provincial de Personal a los efectos determinados por el Articulo 3°. Cumplido vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano para demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR