BOLETIN OFICIAL Nº 99 – 04/09/2023

MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

ORDENANZA Nº 1.641/2023.-

REF_“AMPLIACION DE PRORROGA DE ORDENANZA 1.619/2023 – REF.

BONIFICACION DEL 50% AL PAGO DE PATENTAMIENTO; PRORROGA DEL ARTICULO 2° DE ORDENANZA 1.605/2.023 Y MODIFICATORIA DE LOS ARTICULOS 1° Y 3° DE ORDENANZA 1.605/2023 BONIFICACION AL PAGO DE PATENTAMIENTO. EXPTE. Nº 11.000/2023 INICIADO POR VARIOS CONCEJALES” EXPTE. Nº 11.000/2023

VISTO:

El pedido efectuado por los Contribuyentes de nuestra Ciudad, la Ordenanza N° 1.619/2.023 Ref.; PRORROGA DE LA ORDENANZA N°1.605/2.023- Ref. BONIFICACION DEL 50 % AL PAGO DE PATENTAMIENTO” Y  MODIFICATORIA DEL ART 2º. EX`TE. Nº 10.912/2023 Y

 CONSIDERANDO:

Que la ordenanza Nº 1.619/2.023, por la cual se estableció un plazo de prorroga hasta el 31 de Agosto de 2023 aprobándose la bonificación y descuento en el régimen de patentamiento de ciudad perico;

Que. Ia respuesta favorable de los contribuyentes, obtenida a traves del régimen de bonificación cercano a vencer y atento a los pedidos de prorroga efectuados por los mismos para acceder a los beneficios estipulados, dada la difícil situación económica que atraviesan los ciudadanos;

Que, por lo expuesto ut-supra surge la necesidad de otorgar un plazo mayor, que le permita a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones como sujetos obligados;

Que, el Honorable Consejo Deliberante, debe promover y propiciar acciones que favorezcan a los contribuyentes;

Que, el Art. 52 Inc. 3 de la Carta Organica Municipal establece como atribuciones del Consejo Deliberante en materia de Hacienda “aprobar la exencion, reducción o moratoria que se concediere en el pago de tributos o gravámenes municipales, con la salvedad de que los pagos se efectúen dentro del año o ejercicio que se apruebe”

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO SANCIONA

LA SIGUIENTE ORDENANZA:

ARTICULO Nº 1º.- AMPLIAR el plazo de la Prorroga establecida por Ordenanza 1.619/2.023 Ref. PRORROGA DE LA ORDENANZA N°1.605/2.023- Ref. “BONIFICACION DEL 50 % AL PAGO DE PATENTAMIENTO”, HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE del año 2023, de vehículos automotores y Moto vehículos radicados en el Municipio de Ciudad Perico, por la razones esgrimida en los VISTOS Y CONSIDERANDO.

ARTICULO Nº 2º.- MODIFIQUESEN, los artículos 1° y 3° de la Ordenanza N°

1.605/2.023, los que quedaran redactados de la siguiente manera: ARTICULO 1°: “Establézcase un descuento del 50% (cincuenta por ciento) para el arancel en el cobro del impuesto al Patentamiento de vehículos automotores y moto vehículos (PAGO ANUAL ANTICIPADO), radicados en El Municipio de Ciudad Perico, correspondiente al año completo en curso y siempre que haya mantenido regularizada su situación fiscal (LIBRE DEUDA), respecto del bien mueble registrable al que se pretende aplicar la Bonificación, que podrá ser abonada en efectivo o mediante tarjeta de crédito. Se deberán deducir del Pago Anticipado del año 2.023, las cuotas que, según el vencimiento total del Calendario Fiscal Original, hubieran vencido antes de la inscripción de dominio en vehículo o moto vehículos 0KM o de la transferencia de vehículos o moto vehículos usados, en el Registro Nacional de Propiedad del Automotor (RNPA)”.-  ARTICULO 3°: “Aquellos contribuyentes que hasta el 30 de Septiembre del presente año, realicen la inscripción y radicación de sus automotores de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 de la Ordenanza N° 1.626/23, gozaran de un descuento del 50% en la tasa correspondiente en todas sus categorías, siempre que se realicen en un solo pago o mediante tarjeta de crédito”.

ARTICULO Nº 3º.- La presente Ordenanza tendrá plena vigencia a partir de su aprobación.

ARTICULO Nº 4º.- REGISTRESE. Comunique al Departamento Ejecutivo a sus efectos, Publíquese en el Boletín oficial. Dese amplia Publicidad. Cumplido Archívese.

 

SALA DE SESIONES 31 DE AGOSTO DEL 2023.-

 

  1. Anahi Juárez

Vice presidenta a cargo de C.D.