BOLETIN OFICIAL Nº 97 – 30/08/2023

MUNICIPALIDAD DE PERICO.- 

ORDENANZA Nº 1.636/2023.-

REF.:ACTUALIZACION DE LOS VALORES DISPUESTOS EL ART. 1º DE LA ORDENANZA Nº 1.624/2.023, REF: MODIFICATORIA DEL ART. 5º “ESTACIONAMIENTO MUNICIPAL TARIFADO”DE LA ORDENANZA Nº 1.557/2.022 “REGULACION Y REGLAMENTACION DEL FUNCIONAMIENTO DEL POLO COMERCIAL Y CULTURAL DE PERICO”.

VISTO:

La necesidad de actualizar los valores existentes en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1.624/2.023, Ref: Modificatoria del Art. 5º “Estacionamiento Municipal Tarifado” de la ordenanza Nº 1.557/2.022 “Regulación y Reglamentación del Funcionamiento del Polo Comercial y Cultural de Perico”; y

CONSIDERANDO:

Que, se hace necesario actualizar los valores del cobro de estacionamiento Municipal Tarifado en el Predio del Polo Comercial y Cultural de Perico, ya que es el Municipio que tiene a cargo el funcionamiento y mantenimiento del mismo, asumiendo los gastos ineludibles para el cuidado y conservación del predio y así brindar confort y seguridad a los vehículos y personas que llegan de distintos lugares a realizar compras en los alrededores del predio Ferial de nuestra ciudad.

Que, dichos gastos son solventados por el Municipio por lo que se hace necesaria la actualización de los valores dispuestos en el Art. 1º de la ordenanza mencionada.

Por todo ello

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

ARTICULO 1°.- Actualizar los valores dispuestos en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1.624/2.023, Ref: Modificatoria del Art. 5º “Estacionamiento Municipal Tarifado” de la ordenanza Nº 1.557/2.022 “Regulación y Reglamentación del Funcionamiento del Polo Comercial y Cultural de Perico” a partir del 1º de Septiembre del presente año. Fijándose los siguientes valores:

  1. Pesos Cuatrocientos ($400,00) por hora para Camionetas, Utilitarios Medianos (Furgonetas y Camiones tipo SUV).
  2. Pesos Trescientos ($300,00) por hora para Automóviles.
  3. Pesos Doscientos ($200,00) por hora para Motocicletas.

ARTICULO 2°.- DEROGESE, toda otra norma que se contraponga a la presente.

ARTICULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento. Dese difusión a sus efectos. Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese. Cumplido. ARCHÍVESE.-

 

SALA DE SESIONES, 24 DE AGOSTO DEL 2023.-

 

  1. Anahi Juárez

Vice presidenta a cargo C.D.