BOLETIN OFICIAL Nº 97 – 30/08/2023

DECRETO Nº 8553-S/2023.-

EXPTE. Nº 200-416/2019.-

AGDOS. Nº 700-960/2018, Nº 715-2160/2018 y Nº 715-751/2018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 JUL. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto N° 2581-S/2021 de fecha 19 de enero de 2021, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Téngase por promovida a la Sra. Céspedes, Marta Ofelia, D.N.I. N° 06.515.920, en el cargo categoría A-5 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, por el periodo comprendido entre el 01° de enero al 01° de mayo de 2019, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demandé lo dispuesto en el artículo precedente se imputará a la partida presupuestaria que a continuación se indica:

EJERCICIO 2023:

DEUDA PÚBLICA PROVINCIAL 3-10-15-01-27-00 “GASTOS DE JUICIO CONTRA EL ESTADO PROVINCIAL – FISCALÍA DE ESTADO”, JURISDICCIÓN “L” DEUDA PÚBLICA, UNIDAD DE ORGANIZACIÓN “L” DEUDA PÚBLICA

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR