BOLETIN OFICIAL Nº 95 – 25/08/2023
DECRETO N° 8523-E/2023.-
EXPTE. N° 1056-500/22.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 JUN. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promuévase con retroactividad al 1° de enero de 2023 a la Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales del previsto en la Ley N° 3161/74 a la Señora Elena Isabel Guzmán, CUIL N° 27-14924591-5, Personal de Planta Permanente, Categoría 10 del Escalafón General Agrupamiento Servicios Generales de la Escuela de Educación Especial N° 4 N° 4 “Dr. Teovaldo Burgos”, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, dependiente del Ministerio de Educación, conforme con lo dispuesto por el Articulo 3° Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, reglamentario de la Ley N° 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°, se atendera con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2023.- Gasto en Personal, que al respecto preve el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos, Ejercicio 2023, Ley N° 6325, para U. de O. “F4” Secretaria de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro” denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley N° 5502”.-
ARTİCULO 3°.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I, del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N° 3161/74 modificado por Ley N° 5748/12.-
ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 5°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar de los términos del presente Decreto.-
ARTICULO 6°- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión, Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia, Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR