BOLETIN OFICIAL Nº 95 – 25/08/2023
DECRETO N° 8414-G/2023.-
EXPTE. N° 0300-098/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 JUN. 2023.-
VISTO:
Los presentes obrados, a través de los cuales se solicita el otorgamiento de Personería Jurídica a favor de la “Fundación Luz de Vida”, con asiento en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, como asimismo la aprobación de su Estatuto Social, y
CONSIDERANDO:
Que dicha entidad cumplimenta y se obliga a las disposiciones de la Ley de fondo (Código Civil y Comercial de la Nación Libro Primero, Titulo II, Capitulo 3 “Fundaciones”), y Decreto provincial N° 1768-G-SG-58;
Que, atento los términos del Dictamen N° 110-DPAF-2023 vertido al efecto por Fiscalía de Estado (ts. 207/207vta.), procede dictar el acto administrativo
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otorgase Personería Jurídica a la “FUNDACION LUZ DE VIDA” con asiento en la Ciudad de San Salvador de Jujuy (Departamento Dr. Manuel Belgrano), y apruébese su Estatuto Social que consta de veintitrés (23) Artículos, que como Escritura Pública N° 79/2023 del Registro Notarial N° 41 de la Provincia de Jujuy, corre agregado en fs. 200 a 205vta. de autos.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente
en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para
difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR