BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 26/10/15

Icon_PDF_6DECRETO Nº 8160-DS.-

EXPTE. Nº 769-601/12.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2015.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio para Plataformas Informáticas Provinciales suscripto en el marco del Convenio para Plataformas Informáticas Provinciales suscripto en el marco del Programa Familia por la Inclusión Social, denominado “Convenio de Transferencias de Fondos” celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por el Sr. Secretario Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Dr. Gabriel Lerner y la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Jujuy, representada por su entonces   titular, Sra. Silvia Lucia Carrizo Villarroel; y

CONSIDERANDO:

Que, el mencionado Convenio tiene por objeto brindar desde la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia la asistencia técnica y financiera a la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia, con fin de construir y/o consolidar las plataformas informáticas provinciales que permitan registrar y actualizar la información sobre políticas, acciones, prestaciones o servicios, tanto brindadas por el área específica de niñez, como por distintas áreas provinciales vinculadas con la temática de niñez, adolescencia y familia;

Que, asimismo la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia se encuentra facultada para ejecutar políticas de fortalecimientos del vínculo familiar, que incluyen a niños, adolescentes, jóvenes y adultos mayores, en atención a las necesidades operativas y funcionales que mantiene la citada Unidad de Organización conforme los dispuesto en el marco del Decreto Nº 5813-DS/06 y su modificatoria Decreto Nº 758-DS/12;

Que, en el marco de la Ley Nº 26.061 se determinan un sistema integrado de protección del Derecho de los Niños y Adolescentes conformado por tres niveles (Nacionales, Federal y Provincial), autorizando la celebración de convenios entre las distintas jurisdicciones que realicen los objetivos de dicha normativa, a efecto de permitir una actuación en los sistemas de tutela;

Que, a efectos de financiar la ejecución del Convenio en cuestión, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación se compromete a transferir al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Jujuy la suma de Pesos Doscientos Sesenta y Cuatro Mil con 00/100 ($264.000,00) en concepto de subsidio no reintegrable,

Que, en las cláusulas que conforman dicho Convenio, se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias a las que se someten las  partes intervinientes;

Que, a fs. 85/86 Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social emite dictamen de competencia, el cual es compartido a fs.87 vta., por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;

Por ello, en usos de las facultades que le son propias y a los efectos de su regulación administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Téngase por aprobado el Convenio para Plataforma Informáticas Provinciales suscripto en el marco del Programa Familias por la Inclusión Social, denominado “Convenio de Transferencias de Fondos”, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por el Sr. Secretario Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Dr. Gabriel Lerner y la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Jujuy, representada por su entonces titular, Sra. Silvia Lucia Carrizo Villarroel, obrante s fs. 88/119, de conformidad a lo manifestado en el exordio.

ARTÍCULO 2º.-Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Articulo precedente.

ARTÍCULO 3º.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de cuentas para su conocimiento, comuníquese en forma integral, dese al Registro y Boletín Oficial, pase al Ministerio de Desarrollo Social-Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR