BOLETIN OFICIAL Nº 91 – 14/08/2023

Dra. Alejandra M. I. Caballero  -Pte. de Tramite en la Vocalía 8, de la Sala IIIra, de la Cámara en Io Civil y Comercial, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte Nº C-110541/18, caratulado: COBRO DE SUMAS DE DINERO/PESOS: COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE JUJUY c/ ENZO CASTILLO, se ha dictado el siguiente Decreto: San Salvador de Jujuy, 27 de Abril del 2018. I.  Por presentado el Dr. JORGE EUSEBIO GARCIA, en nombre y representación del COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCUADORES DE LA PROVINCIA DE JUJUY, a mérito de 1a copia juramentada de Poder General para Juicios agregada a fs. 02/04 de autos, por parte, por constituido domicilio legal y por promovida demanda por cobro de pesos. La que tramitara en conformidad a las normas del juicio ordinario oral (art. 294 y ss. del C.P.C).- 2. Confiérase traslado de la demanda instaurada al accionado. ENZO CASTILLO, en la forma de estilo, por el plazo de QUINCE (15) DIAS y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no Io hiciere (art. 298 del C P C).- 3.- Intímesele para que en dicho termino, constituya domicilio dentro de los tres Kms, del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de Ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C-P C).- 4. Notifíquese (art. 155/6 del C.P.C.). Se hace constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos y que las copias para traslado se encuentran a disposición del demandado ENZO CASTILLO, en Secretaria de esta Vocalía Nº 8 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy. Fdo. Dra. Alejandra M. I. Caballero- Pte. de trámite, ante mi Dr. Augusto Bonilla- Secretario. Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy. 25 de Octubre del 2022.-

 

14/16/18 AGO. LIQ. Nº 33300 $1.650,00.-