BOLETIN OFICIAL Nº 91 – 14/08/2023

Contrato de Cesión de Cuotas Sociales de Sociedad de Responsabilidad Limitada: “SUPERSTAR S.R.L.”. Entre PABLO ALBERTO DE TEZANOS PINTO, argentino, L.E. 7.283.060, C.U.I.T. 20-07283060-2, casado en primeras nupcias con Celina Beatriz Snopek, de profesión empresario, nacido el 14 de agosto de 1938, con domicilio en Independencia 612 de esta ciudad, por una parte, en adelante “El cedente” y por la otra parte VERONICA PATRICIA DE TEZANOS PINTO, D.N.I. 22583163, C.U.I.T. 27-22583163-2, casada en primeras nupcias con Néstor Gustavo Zurueta, nacida el 9 de febrero de 1972, escribana, con domicilio en calle Otero 92 de esta ciudad, en adelante “La cesionaria”, convienen en celebrar el siguiente contrato de cesión de cuotas sociales de Sociedad de Responsabilidad Limitada: PRIMERO: PABLO ALBERTO DE TEZANOS PINTO transfiere a favor de VERONICA PATRICIA DE TEZANOS PINTO la nuda propiedad de doce mil quinientas cuotas (12500) de diez pesos, valor nominal, cada una, de la sociedad que gira bajo la denominación “SUPERSTAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con domicilio en calle Belgrano 731 primer piso departamento 2 de esta ciudad.- SEGUNDO: El cedente acredita la existencia de la sociedad y la titularidad de las cuotas cedidas con la siguiente documentación: 1) Contrato de constitución de fecha 5 de abril de 1990, inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia al folio 104 acta 102 del Libro I tomo I de la Matrícula de S.R.L. y bajo asiento 104 folio 497/499 de S.R.L. del Legajo I Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles, 2) Cesión de cuotas sociales registrada bajo asiento 8 folio 18/21 S.R.L. del Legajo II Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, y 3) Aumento de Capital y modificación de contrato social de fecha 7 de diciembre de 1994 inscripto bajo asiento 48 folio 136/137 S.R.L. del Legajo II Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles.- TERCERO: El precio es de DIEZ MIL PESOS, que la cesionaria abona en este acto, en dinero efectivo, otorgándole El cedente suficiente recibo y carta de pago por este instrumento.- CUARTO: El cedente declara que las cuotas cuya nuda propiedad transfiere no reconocen gravámenes y/o cualquier otro tipo de afectación, y que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes. El cedente se reserva el usufructo de las cuotas para sí y para su esposa CELINA BEATRIZ SNOPEK, L.C. 6.235.549, C.U.I.T. 27-06235549-8.- QUINTO: La cesionaria acepta la cesión efectuada y subroga al cedente en la titularidad de las cuotas cedidas.- SEXTO: Presente en este acto CELINA BEATRIZ SNOPEK, L.C. 6.235.549, escribana, nacida el 2 de diciembre de 1.949, con domicilio en calle Independencia 612 de esta ciudad, en su carácter de cónyuge del cedente manifiesta su asentimiento a la cesión de conformidad a lo establecido por el artículo 1277 del Código Civil y acepta el usufructo reservado en su favor.- SEPTIMO: El cedente declara que ha dado cumplimiento a lo establecido en la cláusula séptima del contrato social, habiendo notificado al otro socio y a la sociedad su voluntad de realizar la presente cesión, comunicándole el otro socio y la sociedad que autorizaban esta transferencia, conforme a las notas que adjunta, en las que le comunican que continuará en calidad de gerente de la sociedad.- OCTAVO: La cesionaria manifiesta su voluntad de que PABLO ALBERTO DE TEZANOS PINTO continúe como Gerente de la sociedad, de conformidad a lo acordado con el otro socio.- De conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor, en San Salvador de Jujuy, a ocho de febrero de dos mil siete.- ACT. NOT. Nº A 00478924- ESC. ADELA ASY, TIT. REG. Nº 28- ACT. NOT. Nº A 00233698- ESC. JORGE ALBERTO FRIAS- TIT. REG. Nº 35- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 507-DPSC/2023- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-769-2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 11 de julio de 2023.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

14 AGO. LIQ. Nº 33302 $800,00.-