BOLETIN OFICIAL Nº 89 – 09/08/2023
MUNICIPALIDAD DE PERICO.-
ORDENANZA Nº 1.609/ 2023.-
REF. “SEÑALIZACION – SENTIDO DE CIRCULACION VEHICULAR Y ORIENTACON DE LAS CALLES, QUE COMPRENDEN LOS BARRIOS DE LA ZONA CENTRO, SAN JOSE, EL JARDIN, 23 DE AGOSTO, 25 DE MAYO, RIO BLANCO, SAN CAYETANO, SAN MARCOS, 08 DE DICIEMBRE, Y COLINDANTE CON EL BARRIO LA ESPERANZA Y AMPLIACION DEL CASCO CENTRICO”. EXPTE. Nº 10.586/23. INIC. POR LOS CONCEJALES WALTER CARDOZO, CLAUDIA GALLARDO Y DIEGO SALINAS.
VISTO:
El pedido efectuado por los vecinos de los barrios San José, El Jardín, 23 de Agosto, 25 de Mayo, Rio Blanco, San Cayetano, San Marcos, 08 de Diciembre y colindante con el Barrio La Esperanza, y transeúntes que a diario transitan por el sector. Lo dispuesto en el artículo 55º Inc. 17 de la Carta Orgánica Municipal, Y;
CONSIDERANDO:
Que, se hace necesario disponer la señalización, el sentido UNICO DE CIRCULACION VEHICULAR, y orientación de las calles, Humahuaca, Susques, Maimara, Santa Catalina, Valle Grande, Casabindo con las respectivas prolongaciones entre otras arterias de los sectores comprendidos en los Barrios Centro, Facundo Quiroga, San José, El Jardín, 23 de Agosto, 25 de Mayo, Rio Blanco, San Cayetano, San Marcos, 08 de Diciembre y colindante con el barrio La Esperanza, etc., habida cuenta que en la actualidad en la mayoría de los dichos sectores está habilitada la circulación y el estacionamiento en doble mano sin la respectiva disposición legal, siendo ello necesario avanzar en la corrección, la Orientación y sentido de circulación para evitar confusión entre automovilistas.
Que las mencionadas arterias son muy transitadas especialmente en los días de clase a consecuencia del funcionamiento de las Escuelas 441, Especial Nº 8, Colegio Cristo Rey, Escuela de Comercio Nº 1, Escuela Técnica Nº1, por otra parte están ubicados Edificios Públicos como ser la Parroquia Inmaculada Concepción de María, Unidad Regional 6, puesto de Salud del 8 de Diciembre, el Zoonosis, Brigada de Investigaciones, el CIC 2, el Centro de Jubilados y otras Instituciones por ello existe un importante movimiento de vehículos y circulación de personas lo que dificulta el normal tránsito vehicular, con el agravante que los conductores que transitan por la calle Maimara con destino a la 25 de mayo giran a la izquierda y hacia la Derecha con diferentes destinos, por ese motivo dichas arterias se encuentran con serios problemas de transitabilidad; y empeora aún más cuando se realiza la misma maniobra sobre otras calles; todo esto genera posibles accidentes de tránsito y pone en riesgo la vida de las personas que transitan por esos sectores.
Que, allí surge a necesidad disponer la ampliación del casco céntrico y la señalización de un solo sentido de circulación para todas las arterias que están ubicadas en el perímetro que comprende desde Avda. Bolivia hasta esquina Canadá, continuando por Avda. Uquia prolongación Casabindo, 25 de Mayo, incluye barrio San José, Avda. San Martin hasta J.J. de Urquiza prolongación Vélez Sarsfield, hasta empalme nuevamente la Avda. Bolivia, ratificándose la señalización y la respectiva orientación de las arterias ya existentes.
Que, la Carta Orgánica Municipal dispone que son deberes y obligaciones del Concejo Deliberante “Reglamentar el tránsito de personas y vehículos…… como así también bregar por la seguridad e integridad de toda la comunidad”
Por todo ello, y de acuerdo a las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal y demás disposiciones vigentes;
EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PERICO
ORDENA
Artículo 1º: AMPLIASE Y ESTABLECASE la zona del CASCO CENTRICO de la Municipalidad de Perico, al sector comprendido desde avda. Malvinas Argentinas continuando por J.J. de Urquiza, Avda. San Martin, hasta esquina Humahuaca y Maimara continuando por San José y esquina Avda. José Hernández empalme por Santa Catalina, calle 25 de Mayo, continuando por Avda. Belgrano en toda su extensión e incluye todo el sector del Barrio Santa Rosa.
Artículo 2: DISPONESE el sentido DE CIRCULACION VEHICULAR para su aplicación en el casco Céntrico de las siguientes arterias:
DE NORTE A SUR
J.J URQUIZA y prolongación VELEZ SARSFIELD Orientación y sentido de Circulación desde Avda. San Martin hasta avda., Santa Fe, único sentido.
YAVI Orientación y Sentido de Circulación desde Rivadavia hasta Avda. Bolivia un solo sentido de Circulación.
TILCARA y prolongación SUSQUES margen derecho, orientación y sentido de Circulación desde, 23 de Agosto hasta avda. Villafañe esquina Chile doble mano.
MAIMARA y prolongación RINCONADA orientación y sentido de circulación desde Dr. Juan Pola hasta Avda. Bolivia, doble sentido de circulación.
VALLE GRANDE y prolongación TRES CRUCES Orientación y sentido de circulación desde 25 de Mayo hasta calle Paraguay. Único sentido.
AVDA. CASABINDO y prolongación UQUIA margen derecho Orientación y sentido de Circulación desde 25 de Mayo hasta avda. Bolivia doble Sentido de circulación.
DE SUR A NORTE
COCHINOCA Orientación y Sentido de Circulación desde avda. Bolivia hasta Rivadavia, un solo sentido de Circulación. Único sentido.
HUMAHUACA Orientación y Sentido de Circulación desde avda. Rivadavia hasta Avda. San Martin. Doble sentido.
SUSQUES y prolongación Tilcara Orientación y Sentido de Circulación desde avda. Villafañe hasta 23 de Agosto, doble sentido.
VOLCAN y Prolongación Santa Catalina Orientación y Sentido de Circulación desde avda. Paraguay hasta 25 de Mayo. Único Sentido.
AVDA UQUIA y prolongación CASABINDO margen derecho Orientación y Sentido de Circulación desde Avda. Bolivia y Canadá hasta 25 de Mayo doble sentido.
DE ESTE A OESTE
25 DE MAYO Orientación y Sentido de Circulación desde calle Ricardo Goyeneche hasta avda. Canadá doble sentido de circulación.
CORONEL ARIAS Orientación y Sentido de Circulación desde avda. Éxodo y San Martín hasta Maimara único sentido.
SAN JOSE Orientación y sentido de Circulación desde Güemes hasta Maimara y esquina Avda. José Hernández. Único sentido.
23 DE AGOSTO Orientación y sentido de Circulación desde Avda. Belgrano hasta avda. Casabindo, único sentido.
RIVADAVIA Orientación y sentido de Circulación desde Avda. Belgrano hasta avda. Uquia y Casabindo, único sentido.
CORONEL ARENAS Orientación y sentido de Circulación desde República del Líbano hasta Uquia.
ESCOLASTICO ZEGADA Orientación y sentido de Circulación desde Avda. Uquia hasta Avda. Italia, único sentido.
PARAGUAY orientación y sentido de Circulación desde Avda. Italia y Villafañe hasta avda. Vélez Sarsfield, único sentido de circulación y desde VELEZ SARSFIELD hasta Avda. Uquia doble sentido.
AVDA. BOLIVIA Orientación y sentido de Circulación margen derecho desde avda. La Bandera hasta avda. Canadá doble mano.
RAMIREZ DE VELAZCO Orientación y sentido de Circulación desde calle Republica del Líbano hasta avda. Villafañe. Único sentido.
AVDA. JUJUY Orientación y sentido de Circulación desde Avda. Uquia hasta Avda. Italia, único sentido.
DE OESTE A ESTE
25 DE MAYO Orientación y sentido de Circulación desde calle Ricardo Goyeneche hasta Mariano Moreno un solo sentido.
BUSTAMANTE Orientación y sentido de circulación desde calle avda. Casabindo hasta avda. Belgrano único sentido.
GORRITI Orientación y sentido único de Circulación desde avda. Uquia hasta Domingo Sarmiento. Único sentido.
AVDA. BOLIVIA Orientación y Sentido de circulación margen derecho desde avda. Canadá hasta avda. La Bandera, doble sentido.
AVDA. JUJUY Orientación y Sentido de Circulación margen derecho desde avda. Tucumán hasta avda. La Bandera, único sentido.
La extensión del casco céntrico, la orientación del sentido único de circulación y señalización de las arterias podrá ser ampliada en forma paulatina al resto de los barrios del ejido urbano cuando así las circunstancias lo ameriten.
ARTICULO 3º: DISPONESE la prohibición del estacionamiento vehicular sobre margen izquierdo de la orientación del sentido de circulación de las calles mencionadas en toda su extensión.
ARTICULO 4º: SEÑALIZACION El Departamento Ejecutivo a través de la dirección de Transporte y tránsito o del área que designe, será el encargado de señalizar con carteles indicadores con el nuevo sentido de Circulación, y la Prohibición de estacionar en la margen derecha de las arterias conforme a la Ley Nacional de Tránsito.
ARTICULO 5º: APERTURA Y TRAZA DE AVDA. CASABINDO: Ordénese al Departamento Ejecutivo, a realizar la traza y apertura de la avda. CASABINDO margen derecho, con orientación y sentido de Circulación desde la calle 25 de mayo hasta calle 23 de agosto cuyo destino final de circulación es hasta avda. Bolivia y Canadá. En dicha traza en forma inmediata deberá realizar el perfilado, nivelado, enripiado del sector, la poda de los árboles, la instalación de la cartelería y señalización respectiva, sin perjuicio de ello realizará la construcción del cordón cuneta y otros trabajos de urbanización.
ARTICULO 6º: El Departamento Ejecutivo para dar pleno cumplimiento a la presente Ordenanza, a través del sector que corresponda, deberá confeccionar el plano o croquis correspondientes indicando la orientación de circulación y señalización de las arterias mencionadas.
ARTICULO 7º: LAS EROGACIONES que demande la aplicación de la presente Ordenanza serán de los recursos Ordinarios y/o Extra ordinarios del Tesoro Municipal.
ARTICULO 8º: DEROGUESE todo otro Ordenamiento Legal que se contraponga con la presente Ordenanza.
ARTICULO 9º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
Publíquese en el Boletín Oficial. Dese amplia difusión. Cumplido. Archívese.
SALA DE SESIONES, 23 DE MARZO DE 2.023.-
- Anahi Juarez
Vicepresidente a cargo CD