BOLETIN OFICIAL Nº 87 – 04/08/2023

Cámara en lo Civil y Comercial- Sala III- Vocalía 9 en el Expte. caratulado: C-215873/23, Cobro de Sumas de Dinero/Pesos MAMANI, JAIME MIGUEL c/ ARCOS CAMARGO, MARIO AVELINO.- A cargo de la Dra. Norma B. Issa presidente de trámite. Notifica por este medio al demandado Sr. ARCOS CAMARGO, MARIO AVELINO, DNI No 93.630.152 el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 15 de marzo de 2023.- 1)…- 2)Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto anterior, de la demanda interpuesta por Jaime Miguel Mamani, córrase Traslado al demandado Sr. Mario Avelino Arcos Camargo a quien se cita y emplaza para que conteste, dentro del plazo de quince (15) días, bajo apercibimiento de tenerla por no contestada si así no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.).- Asimismo intimase al nombrado para que constituya domicilio dentro de los Tres (3) Kilómetros del asiento de esta Cámara en el mismo plazo antes fijado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de la Ley, todas las resoluciones posteriores (art.52 del C.P.C.).- 3) Notifíquese (Arts. 155 del C.P.C.).- Fdo Dra. Norma B. Issa Presidente de Tramite Ante Mi Dra. María Florencia Rivas Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 12 de junio de 2023.- 1) Atento a lo solicitado por la Dra. Adriana Silvina Chacon y habiéndose dado cumplimiento con las previsiones del art. 162 del C.P.C., líbrense edictos respectivos, a los fines del Traslado de la acción instaurada por el Sr. Jaime Miguel Mamani en contra del Sr. Mario Avelino Arcos Camargo, quien deberá contestar la demanda en el plazo de Quince (15) Días, contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los edictos respectivos, que para la presente notificación se publicara en el Boletín Oficial y un diario pcial. local de amplia circulación en la Provincia de Jujuy, por tres veces en cinco días, bajo apercibimiento de tenerlo por contestado si así no lo hiciera (art. 298 del C.P.C.) y designarle como su representante a la Defensora Oficial de Pobres y Ausentes (art. 109 inc. 9 de la L.O.P.J.). Asimismo, intímaselo para que en igual término otorgado, constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 52 del C.P.C.- 2) Se hace saber que la confección de las diligencias ordenada serán a cargo de la letrada antes mencionada, las que deberán ser presentadas para confronte y firma de la Actuaría de esta Vocalía.- 3) Notifíquese (Art. 155 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Norma B. Issa Presidente de Tramite Ante Mi Dra. María Florencia Rivas- Secretaria.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.-

 

31 JUL. 02/04 AGO. LIQ. Nº 33117-   $1.650,00.-