BOLETIN OFICIAL Nº 87 – 04/08/2023

MUNICIPALIDAD DE PERICO- CONCEJO DELIBERANTE. –

ORDENANZA Nº 1617/2023.-

REF. “CREACION DE ESCUELA MUNICIPAL DE PROGRAMADORES E INNOVACION, EN EL AMBITO DE LA SECRETARIA DE PRODUCCION Y EMPLEO”. EXPTE Nº 10860/23. POR CJAL. ENRIQUE ROJAS

VISTO:

En el siglo XXI, el lenguaje estratégico que toda sociedad necesita dominar para desarrollarse, fomentando la producción y el empleo “es la programación”, y que es imposible pensar en oportunidades sostenibles si no elevamos la calificación del RRHH local para potenciar la competitividad de la Industria, las Pymes, las Instituciones Civiles, la actividad Comercial, la seguridad y los servicios.

El Sistema Provincial de Educación correspondiente a la Ley General de Educación Nº4731, el Art 54º, Inc 10 de la Carta Orgánica Municipal y el Art 130 del Reglamento Interno. Y;

CONSIDERANDO:

Que, la Secretaría de Producción e Industria, brazo estratégico de la Municipalidad de Perico, debe apuntalar el Desarrollo de la producción y el Empleo, siendo la programación una formación esencial del actual RRHH (Recursos Humanos), se hace necesario impulsar una Escuela Municipal de Programadores e Innovación.

Que la identidad comercial de la Ciudad, se ve amenazada por la deslocalización de las transacciones y ofertas, siendo vital apuntalar la innovación como elemento estratégico de competitividad.

Que, la Educación en programación fomenta la creatividad, lo que ayuda a promover la innovación en el desarrollo de las Ciudades.

Que, la demanda de programadores es alta y sigue creciendo a Nivel Local y en todo el País. Además, la Educación en programación fomenta el emprendimiento y la creación de nuevas empresas de tecnología.

Que, la programación se puede utilizar para optimizar los procesos y la infraestructura de las Ciudades, lo que puede mejorar la eficiencia y la productividad.

Que, la Educación en programación, permite a las personas desarrollar soluciones tecnológicas, que pueden mejorar la calidad de vida en las Ciudades, como aplicaciones para el transporte público, el monitoreo ambiental, el desarrollo comercial y la seguridad ciudadana.

Que, la Educación en programación, puede ser una herramienta para reducir la brecha digital y promover la igualdad de oportunidades, ya que permite a las personas acceder a empleos y emprendimientos en el sector tecnológico.

Que, para el financiamiento de dicho Proyecto, es necesario facultar al Departamento Ejecutivo, para que realice las gestiones pertinentes y necesarias, ante los organismos que

correspondan del Gobierno Nacional y Provincial y así mismo, brindar la ayuda correspondiente.

Que, en últimas circunstancias en caso de no lograrse los Recursos Nacionales/Provinciales. El Departamento Ejecutivo queda facultado a destinar los Recursos Ordinarios y Extraordinarios del Tesoro Municipal, para la “Creación de Escuela Municipal de programadores e innovación, en el ámbito de la Secretaría de Producción Empleo”.

Que, de concretarse, se satisfacen las necesidades de los vecinos de toda la Comunidad Periqueña y zonas aledañas, tendiendo a lograr mayores beneficios educativos, tecnológicos y de innovación.

Por todo ello y de acuerdo a las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal y demás disposiciones vigentes;

EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PERICO

ORDENA:

Articulo 1º: CREASE el Programa Municipal, a realizar la “Escuela Municipal de programadores e innovación, en el ámbito de la Secretaría de Producción y Empleo”.

Articulo 2º: A los fines de proceder con la creación de la Escuela Municipal de programadores e innovación; la Educación en programación e innovación, permitirá a las personas de 18 años en adelante, obtener una flexibilidad profesional, suscitar la innovación, fomentar la creatividad, el conocimiento y el pensamiento que ayuda a promover la innovación en el desarrollo de nuestra Ciudad.

Teniendo como Objeto de Estudio adaptarse a las realidades tecnológicas e informativas de nuestra Ciudad, en función a las nuevas generaciones que actualmente están vivenciando. Además, pensar en 500 – 1000 personas inscriptas y poder desarrollar soluciones tecnológicas, que pueden mejorar la calidad de vida de todos los habitantes, como aplicaciones para el transporte público, el monitoreo ambiental, el desarrollo comercial, la seguridad ciudadana y así también, ser una herramienta para reducir la brecha digital y promover la igualdad de oportunidades, ya que permitirá a las personas acceder a empleos y emprendimientos en el sector tecnológico.

Logrando que los docentes – alumnos se involucren en el proceso de enseñanza – aprendizaje de manera activa y la construcción mutua de conocimiento entre el educador y el educando, sea la práctica educativa ideal para alcanzar la formación integral del alumno.

Articulo 3º: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a gestionar los fondos necesarios, para la “Creación de la Escuela Municipal de programadores e innovación”, ante los Organismos del Gobierno Provincial y/o Nacional. En caso de no obtener los fondos de los Organismos correspondientes; El Departamento Ejecutivo queda facultado a realizar la Ejecución, con los Recursos Ordinarios y/o Extra – Ordinarios del Tesoro Municipal.

Articulo 4º: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar convenio, con pasantías y prácticas Pre – profesionales con diversas Instituciones Locales, para los estudiantes.

Articulo 5º: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal, en el caso de realizarse el Proyecto con recursos propios, a efectuar las modificaciones presupuestarias que fueren necesarios.

Articulo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos. Dese a conocer a través de los medios de comunicación. Publíquese en el boletín Oficial. Regístrese. Cumplido. ARCHIVESE.

 

SALA DE SESIONES 18 DE MAYO DE 2.023

 

  1. Anahi Juárez

Vicepresidenta a cargo C.D.