BOLETIN OFICIAL Nº 87 – 04/08/2023

MUNICIPALIDAD DE LA QUIACA

DECRETO N° 1256/2022.-

La Quiaca, 16 de diciembre del 2022.-

VISTO:

Ordenanza N° 35/2022 ingresada a esta institución en fecha 15 de Diciembre del 2022 bajo Expte. N° 2622 Letra “C”.-

CONSIDERANDO:

Que, dicho Acto Administrativo en virtud de los argumentos vertidos en el Considerando del mismo, ordena:

AUTORIZAR a este Ejecutivo Municipal a implementar y adoptar medidas, realizando un mayor control en el ingreso de nuestra Ciudad a los fines de evitar así la evasión del control y paga de impuestos, el comercio ilegal o llamado también contrabando.

Ya que se ha detectado que no todos los vehículos de transporte cuentan con la habilitación correspondiente para comercializar mercaderías y/o productos, ni con la documentación que avale su origen y destino, careciendo además de la inspección sanitaria e higiene correspondiente.

Que, a su vez dicha situación genera una competencia desleal para los comerciantes locales que cumplen con cada una de las obligaciones tributarias.

Que, dicho Acto establece además del control antes mencionado, el cual estará a cargo de las siguientes Áreas: Dirección de Rentas. Dirección de Transito y Bromatología, que trabajaran de forma conjunta y coordinada. Que la omisión y/o evasión de los requisitos implementados par la misma implicara una multa equivalente al 20 % del valor total de la factura que presente el comerciante, previa acta de infracción, que será remitida al Juzgado de Faltas.

Que, tal Acto ordena también (ARTICULO N° 6) que los vehículos que hayan ingresado por pasos no habilitados sean retenidos y/o conducidos por personal de transito de esta Municipalidad hacia el canchón de Obras Públicas, debiendo los mismos abonar una multa equivalente al 20 % del valor de la mercadería transportada según factura correspondiente.

Que, el proyecto sancionado es Ordenanza, a todos sus efectos, con la promulgación del Departamento Ejecutivo.‑

Por ello y en usa de las facultades conferidas por la Constitución de la Provincia y la Ley Orgánica de los Municipios Nº 4468/89.

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA QUIACA

DECRETA

ARTICULO N° 1: Promulgase y Téngase por ORDENANZA N° 35/2022 Sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de la Quiaca, por las consideraciones establecidas en el exordio del presente.

ARTICULO N° 2: Mediante nota de estilo remítase copia del presente Decreto al Concejo Deliberante de la Ciudad de la Quiaca. Dirección de Tránsito, Dirección de Rentas, Dirección de Bromatología y Juzgado de Faltas para su conocimiento y demás fines que correspondan.

ARTICULO N° 3: Comuníquese, Publíquese, regístrese en el Libro de Decretos Municipales, Cúmplase y Archívese.-‑

FIRMADO EN DESPACHO DE INTENDENCIA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA QUIACA.

 

Dr. Blas Alfredo Gallardo

Intendente