BOLETIN OFICIAL Nº 87 – 04/08/2023

DECRETO N° 8574-E/2023.-

EXPTE. N° 200-202/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 JUL. 2023.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita el recurso jerárquico interpuesto por la Sra. Liliana Graciela Caiguara, D.N.I. 20.103.120, con patrocinio letrado de la Dra. Cristina María Cecilia Calvo, en contra de lo resuelto en NOTA-DEC-19-22, emitida por la Dirección de Educación Comunitaria del Ministerio de Educación; y

CONSIDERACION:

Que, de los antecedentes surge que la recurrente, Sra. Liliana Graciela Caiguara, interpone recurso jerárquico en contra de lo resuelto en NOTA-DEC-19-22, emitida por la Dirección de Educación Comunitaria del Ministerio de Educación en fecha 07 de marzo de 2022, a través de la cual se dispuso la no continuidad de agentes en el cargo de Educador Comunitario, entre ellos la Sra. Caiguara.

Que, la recurrente es notificada de tal decisión el día 13 de abril de 2022 y considerando que la decisión de su desvinculación resulta ilegítima y arbitraria, reclama que se deje sin efecto la determinación de “no continuidad en el cargo” como educadora comunitaria y solicita su reincorporación de manera inmediata.

Que, la Sra. Caiguara se desempeñaba como Capacitadora en la Fundación Fermín Morales, donde se evidencio de las visitas realizadas al espacio comunitario que la recurrente registraba tres (03) inasistencias, de las cuales una (01) fue justificada por ser contacto estrecho de COVID 19 y las otras dos (02) inasistencias injustificadas configurándose en consecuencia la causal de abandono de servicio por falta de prestación del servicio. Además de ello, surge del informe de la Directora de Educación Comunitaria que la agente no cumplía las funciones propias de la ejecución del proyecto.

Que, en el caso de autos resulta de aplicación el Artículo 3º de la Resolución N° 573-E-2022 y el Anexo I – “Causales de Baja” del mencionado acto resolutivo.-

Que, obra dictamen de la Asesoría Legal de Fiscalía de Estado compartido por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales del citado organismo, del cual se desprende que corresponde emitir el acto administrativo que rechace el recurso jerárquico interpuesto por la Sra. Caiguara en contra de la NOTA‑ DEC-19-22 de fecha 12 de abril de 2022, por resultar la decisión vertida en la misma acorde a lo dispuesto por la legislación vigente y por resultar aplicable lo dispuesto por el Artículo 3° de la Resolución N° 573-E-2022 y el Anexo I -“Causales de Baja” de dicho acto administrativo.-

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por la Sra. Liliana Graciela Caiguara, D.N.I. N° 20.103.120, con patrocinio letrado de la Dra. Cristina María Cecilia Calvo, en contra de lo resuelto en NOTA-DEC-19-22, emitida por la Dirección de Educación Comunitaria del Ministerio de Educación, en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación procédase a notificar a la recurrente lo dispuesto en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR